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sábado, 4 de julio de 2015

La justicia declaró ilegal el cepo informativo de la IGJ

Un fallo en firme de la Cámara Nacional de Apelaciones obliga a la Inspección General de Justicia (IGJ) a entregar toda la información disponible en el órgano dependiente del Ministerio de Justicia sobreAustral Construcciones, la empresa de Lázaro Báez. Así se perforó por primera vez el“cepo” informativo que impuso el Gobierno para proteger a las empresas vinculadas al poder, que se inició en 2010 con el caso Ciccone, pero también sirvió para limitar la información disponible sobre la empresa presidencial Hotesur.
La medida judicial fue adoptada el día 11 de junio y responde a una demanda de la diputada del Gen -y candidata a presidente-Margarita Stolbizer. Ayer se agotaron los plazos procesales para apelar y no hubo, sorprendentemente, ninguna medida en ese sentido de parte del Gobierno. La información debía ser entregada el día 21 de junio, 10 días después del fallo, aunque habitualmente se espera hasta que venzan los plazos para apelar. Ahora se iniciará un proceso de ejecución de sentencia, porque las autoridades del ministerio no dieron cumplimiento a la medida de manera voluntaria. La abogada patrocinante de Stolbizer, Silvina Martínez, ex empleada de la IGJ despedida por no respetar el cepo informativo, anticipó a PERFIL que iniciarán de inmediato la demanda por incumplimiento.
La decisión de la Sala F Cámara Comercial, adoptada con voto unánime, sólo vale para este caso particular. Pero sienta una jurisprudencia contundente en favor de una serie de amparos que podrían sacar a la luz información clave sobre los más resonantes casos de supuesta corrupción de la era K, desde Skanksa hasta Hotesur.
Además, dentro de los considerandos hubo fuertes definiciones respecto al derecho a la información pública y la ilegalidad del cepo de la IGJ. Los camaristas llegaron incluso a afirmar que se están violando los derechos más elementales: “El reconocimiento del derecho a la información se remonta, en origen, a principios admitidos por el derecho natural, que emergen de la condición de persona del individuo”
También se aclaró que la diputada tenía derecho a acceder a esa información por su condición de ciudadana, de manera tal que abre el camino para que cualquier persona pueda requerir acceder a expedientes que, hasta la fecha, fueron guardados bajo siete llaves por su relación con funcionarios que están en la mira de la Justicia.

Nombraron al responsable del Cepo/perdida exptes Ciccone como juez


Ernesto Kreplak interrumpió su carrera en Tribunales para hacerse cargo de la Subsecretaría de Control Registral del Ministerio de Justicia por impulso del camporista Julián Alvarez, secretario del área. Luego saltó a la secretaría general de la Cámara de Casación Penal y el Ejecutivo le encomendó la tarea más viscosa de su trayectoria: la conducción del fallido jury de enjuiciamiento al fiscal José María Campagnoli, acusado por la procuradora Alejandra Gils Carbó de entrometerse en la investigación de los negociados del empresario K Lázaro Báez.
A Kreplak se le atribuye, además, haber participado de la operación de ocultamiento de los expedientes que poseía la Insepcción General de Justicia sobre el caso Ciccone, en el que está procesado el vicepresidente Amado Boudou. La ex directora del Registro Nacional de Sociedades de la IGJ, Silvina Martínez, denunció que el organismo había sido “copado por La Cámpora”. Y terminó despedida.
Ernesto Kreplak, el candidato que propuso Cristina Kirchner para cubrir la vacante del Juzgado Federal Número 3 de La Plata, que además de recibir casos penales de peso –corrupción y narcotráfico, entre otros–, se encarga de los temas electorales en reemplazo del Número 1.

sábado, 27 de junio de 2015

otra vez el Ministerio de Justicia quiere perseguirme

Recibí citaciones para comparecer en los términos del artículo 62 del decreto 467/99, ello en el marco de los exptes 6238/12 y 6239/2012. 
1.    En primer lugar llamar la atención que me citen como imputada cuando en sede penal se manifestara que no hay constancias en los citados sumarios que pudieran evidenciar mi participación en los hechos investigados. Claramente se intenta desde hace meses culparme del robo de dos exptes vinculados con el escándalo Ciccone, a pesar de que fui quien denuncio y puso en conocimiento de las autoridades (las mismas que ahora pretenden culparme) de las irregularidades que ocurrían en la IGJ con este caso.2.    En segundo lugar, reitero lo que denuncie en reiteradas oportunidades y lo que debería ser objeto de investigación. Fui víctima de acoso y violencia sistematizada por parte de distintos funcionarios del Gobierno argentino. Denuncie que había una persona usurpando un cargo de Subinspector General, quien daba órdenes y pedía exptes (particularmente los relacionados con el caso Ciccone). Pero el acoso sufrido no se limitó solamente al Sr. Varela, sino que también se sumó el del Inspector General Norberto Berner, (también militante de la agrupación La Campora) quien asume a fines de mayo de 2012 e inmediatamente dicta dos circulares para establecer un cepo informativo en relación a la información obrante en el Registro Público de Comercio en la Inspección General Justicia. Este cepo fue dispuesto con motivo de los pedidos de informes que se suscitaban en relación a cualquier sociedad vinculada a funcionarios del gobierno argentino, principalmente con las sociedades vinculadas al caso Ciccone. Así intentaban obligarme a denegar información con un criterio arbitrario e ilegitimo sin ningún tipo de aval jurídico ya que yo era el funcionario que debía tomar estas decisiones conforme mis funciones y responsabilidades. Cabe destacar que recientemente la Corte Suprema de Justicia se expidió en relación a la limitación de la información en la Inspección General de Justicia, estableciendo que la información es publica y no se puede requerir ningún interés especial (en autos Gil Lavedra Ricardo c/ Ministerio de Justicia s/ amparo”. Denuncie a mis superiores jerárquicos todas las irregularidades que ocurrían en la IGJ. En fecha 26-09-12, luego de varias citaciones y entrevistas con el Servicio Médico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se me citó para la realización de un psicodiagnóstico en el Ministerio de Salud. El mismo se desarrolló en dos etapas, una realizada el 26-09-12 y la otra el 04-10-12. En fecha 11-10-12 me citaron telefónicamente a asistir al sector de Salud Ocupacional del Ministerio de Salud el día 17 de octubre a las 12.30, oportunidad en la cual me entrevistó un médico psiquiátra y me informó como resultado que no me encuentro en condiciones para volver a mi trabajo, por lo cual se extendió mi licencia médica. En fecha 10 de agosto de 2012 denuncie ante la IGJ los hechos aquí relatados (expte N° 5109026/2863608). En fecha 10-09-12 se presentó un pronto despacho atento a que no existía movimiento alguno registrado del trámite iniciado, ello mediante el control vía internet y en fecha 18 de octubre, atento el silencio de la administración, presente ante la IGJ recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio. Por tal motivo, presente en la Mesa de Entradas del Ministerio citado una denuncia dirigida al Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos Julio Alak en fecha 19 de octubre de 2012. (Expte N°S04:0053188/2012) Según surge del citado expte la actuación estuvo hasta el día 02/11/2012 en el gabinete de asesores del Sr. Ministro, remitiéndose ese día al Despacho del Secretario de Asuntos Registrales Dr. Oscar Martini, quien ordenó el día 08/11/2012 al Subsecretario de Coordinación y Control de Gestión Registral Dr. Ernesto Kreplak que la Inspección General de Justicia produzca informe a la brevedad y este último remite la Dirección de Recursos Humanos el día 12/11/2012. Finalmente mi denuncia es girada a la IGJ el 7 de diciembre de 2012, destacándose que al momento de recibirse mi denuncia se decide despedirme de mi puesto de trabajo. El 10 de diciembre de 2012 la denuncia que efectuará se remite a la oficina judicial de la IGJ, ordenando dicho pase el Sr. Berner (uno de los funcionarios por mi denunciados). Recién a fines de 2013 se resuelve el inicio de un sumario a fin de investigar los hechos investigados, destacándose que se impugno la tramitación del sumario, toda vez que no se cumplía con el procedimiento establecido por el Reglamento de Investigaciones Administrativas (dilación en el tiempo, carencia de orden cronológico, parcialidad de los instructores), dejándose constancia que debía intervenir la Procuración del Tesoro, por el carácter de los funcionarios involucrados. Este planteo fue rechazado mediante resolución N° 1 del 6 de marzo del 2014. Así estuve durante meses. Notificada del decreto 601/13 que dispuso el cese en mis funciones al 31 de octubre de 2012, pero dictándose el mismo recién el 27 de mayo de 2013 y notificándose el 5 de junio, presenté recurso de reconsideración, fundando el mismo en la nulidad absoluta y manifiesta del mencionado decreto, el cual carecía de causa, objeto y motivación. Sin embargo, el 10 de febrero de 2014 se dicta el decreto 359/14 el cual desestima el recurso. En dicho decreto la Sra. Presidenta de la Nacion manifiesta, en algo inédito, que decide no renovar mi designación enterada de mis denuncias.  Ahora bien, mediante expte 57252/2012, iniciado el 13 de noviembre de 2012, se dispuso la designación de Susana Graciela Junqueira como Directora del Registro Nacional de Sociedades, a partir del 1 de noviembre de 2012. Qué casualidad, dicha funcionaria también está relacionada por diferentes agentes como la persona que estuvo en contacto con los epxtes extraviados. El expte que la designa adolece de múltiples irregularidades que fueron denunciadas en sede penal. Así cabe mencionar la falsedad en las declaraciones juradas, la falta de desempeño efectivo del cargo, un apto medico totalmente desactualizado atento hallarse en condiciones de jubilarse la funcionaria nombrada (año 1972), sumado al cobro de manera retroactiva un segundo salario en la función pública, algo que está prohibido por ley. Esta designación es a todas luces nula, en virtud de la declaración jurada de Junqueira en la que afirmó que su eventual designación no vulneraba la ley marco de Regulación del Empleo Público, aun cuando la incumple, ya que supera la edad prevista en la ley previsional para acceder a la jubilación.
3.    Ahora bien, la persecución que sufro por parte de diferentes funcionarios del Ministerio de Justicia nunca termina. Así y luego de editar tramos de un sumario interno, se presentaron en la causa N° 6605/2012 como querellante para acusarme del extravío o robo dentro de la IGJ los legajos de The Old Fund, la ex Ciccone Calcográfica cuando estalló el "caso Ciccone". Ahora bien, declaré como testigo ante la Justicia, señalando que aunque la IGJ había anunciado la completa reconstrucción del legajo de la empresa que la justicia le atribuye al vicepresidente para apropiarse de la empresa que imprime los billetes en la Argentina, faltaban 18 páginas de la actuación original, y la reconstrucción incluían datos adulterados. Aun el expte continúa igual. Pero en lugar de preocuparse en la reconstrucción (fundamental para el proceso judicial en el cual está procesado el vicepresidente de la Nación) deciden insistir en culparme a mí.
4.    La Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) reveló las múltiples fallas que detectó en el sumario (en el que ahora me citan). "Deberá volver a reconstruirse el legajo, ya que la reconstrucción no se ha realizado correctamente, según informes que surgen del propio sumario", alertó la Fiscalía, que indicó que el legajo "tendría que tener 22 hojas, mientras que el trámite por el que se tiene por reconstruido cuenta sólo de tres hojas", remarcó uno de los fiscales que integran la FIA, Ricardo Renom, y analizó las actuaciones. Varios meses después del dictamen de la Fiscalía, sin embargo, la IGJ no siguió sus recomendaciones ni corrigió el sumario. Por el contrario, se presentó ante la Justicia, donde pidió ser querellante en la investigación sobre las desapariciones de ese legajo y el de la ex Ciccone, por los que me responsabilizó. Se remarca: Los exptes reconstruidos siguen igual pese a las graves falencias detectadas. No se cumplió con las observaciones de la fiscalía. El informe de la Fiscalía además: Rechaza las conclusiones del sumariante: considera que no investigó lo que debía en el sumario (y se insiste en esta postura al intentar culparme a mi); Señala que buscó probar "no de manera prolija, sino superficial y relativamente" la responsabilidad del personal de archivo y la mía. Por eso ordena ampliar el sumario y apuntar "a los superiores que tienen a su cargo" el archivo de la IGJ.  
5.    Ahora bien, en particular el cambio de declaración de los diferentes testigos (mas allá de ser parciales ya que eran los verdaderos responsables de custodiar los exptes o estaban en relación de dependencia de ellos) se debe a las presiones que recibían. Así me fue manifestado por varios compañeros que declararon que yo pedía exptes en forma verbal (de los cuales reservo su nombre para no exponerlos a una situación de despido) que previo a recibirles declaración le informaban que había que salvarlo a Guillermo Agüero y la manera de salvarlo era culpándome a mí. Se les manifestaba que yo ya no estaba prestando funciones en el organismo y que a mí no me sucedería nada. Pero Guillermo Agüero se quedaría sin trabajo y que la manera de salvarlo era declarar en mi contra. A eso se suma, que en algunas de las declaraciones lo llevaban a Agüero a presenciar el testimonio como arma de presión para que la gente indicara que yo solicitaba exptes en forma verbal y que podía estar involucrada en la perdida de los exptes del sumario. Maniobra macabra, pero real. Cabe agregar que declaran Karina Bellizzi (responsable del archivo), su secretaria Sabrina, el segundo de Bellizzi Mariano Coronado, y Diego Rosales. Sobre este último testimonio quiero apuntar que en ningún momento le solicite exptes a dicha persona y menos en forma verbal y telefónica. Por una simple razón: era imposible ubicarlo en su puesto de trabajo. Ni aun en el periodo de vacaciones de Agüero. Por lo que nunca me comunique telefónicamente con él en su puesto de trabajo ya que nunca se hallaba en él y no tenía su número personal. Se agrega además las contradicciones en las que incurre, ya que señala que una vez le pedí exptes por teléfono y después le entregue una nota con varios exptes al hijo de Agüero. Cabe agregar que Agüero menciono en sus declaraciones que Varela solicitaba exptes y lo hacía a través mío; esto ocurría ya que el mencionado no se encontraba nombrado formalmente y para efectuar pedidos al archivo en forma escrita no podía hacerlo ya que (si bien tenia tarjetas con el cargo que usurpaba y cuenta de mail oficial) no estaba designado. También menciona a los otros directores (Luciano Palacios y Pablo Larrañaga). Destáquese que este último fue el que solicito el expte extraviado de The Old Fund SA por nota cuando según las declaraciones del propio Agüero lo solicitaba en forma verbal. Acaso porque ya sabría que los exptes estaban perdidos.
6.    Sin perjuicio de todo lo manifestado, se agrega que esta parte nunca solicito exptes en forma verbal y que todos los exptes que se solicitaban eran a través de Notas. Cabe agregar que a partir del año 2010 se llevó a cabo un operativo de actualización de datos que implicaba la presentación de las entidades inscriptas en el Organismo de la declaración jurada. Dicha declaración ingresaba por mesa de entradas y pasaba a estudio de un sector con personal a mi cargo. Dichas personas chequeaban los datos con las imágenes digitalizadas o con los datos cargados en el sistema informático. Y si ello no era posible y no se podía subsanar mediante el escaneo de los documentos, se solicitaba POR NOTA EN FORMATO EXCEL en dos copias al archivo. Una de esas notas era firmada por personal de archivo que daba cuenta del pedido efectuado. Si el archivo giraba o no los exptes no lo sé. No estaba bajo mi responsabilidad. Esa era una tarea que debía controlar Karina Bellizzi. Todas esas notas se encontraban guardadas en biblioratos en mi despacho, el cual fue desmantelado durante mi licencia y destruidos todos los biblioratos y sustraídos documentación y efectos personales. Ello ocurrió durante la gestión de Norberto Berner quien quiso llevarse mi escritorio y mis muebles y dejo el lugar desmantelado y sin la documentación que menciono. Cabe destacar que de todas formar poseo algunos comprobantes de pedidos de exptes en forma escrita que desvirtúan por completo los dichos malintencionados de Rosales, temerosos de Agüero y presionados de otros testigos.
7.    La desaparición de los extes de las sociedades relacionadas con el caso Ciccone no ocurrieron en áreas bajo mi responsabilidad, sino que el último destino de la documentación era el archivo. Tampoco tuve intervención en la reconstrucción de dichos exptes, la cual se efectuó en forma irregular ocultando información vital para la investigación judicial del caso Ciccone. Tampoco el personal que reportaba a mi persona reportaba al área Archivo ni tuvo intervención en la reconstrucción. Reitero que ninguno de los delitos e irregularidades que denuncie desde el año 2012 ocurrieron en ámbitos de mi competencia. Y siempre anoticie a las autoridades competentes administrativas y judiciales todas las irregularidades y delitos en el ámbito de la IGJ. No fui yo quien advertí la perdida de los exptes del Caso Ciccone, ya que tal como surge de las resoluciones de reconstrucción de dichos exptes (que en copia se acompaña). Tampoco se encontraban en las áreas a mi cargo sino en el archivo. La reconstrucción de dichos exptes se llevó a cabo por personal de la Oficina Judicial, dependiente de la Unidad Inspector General. No intervine en dichas reconstrucciones ni en ninguna. El personal que efectuaba la reconstrucción no me reportaba ni estaba bajo mi conducción. De la resolución N° 14/2013 que ordena el inicio del sumario con relación a la perdida de los exptes de The Old Fund SA se menciona que el Director de Sociedades Comerciales requirió el 23 de marzo de 2012 las actuaciones de The Old Fund SA al rea Mesa de Entradas y Archivo. Y el responsable de Archivo informo que el trámite no pudo ser localizado. Conforme el sistema informático del Organismo, el expte se encontraba en el área Archivo desde el día 29 de octubre de 2011. Mediante Providencia 585/2012 el Director de Sociedades Comerciales remite las actuaciones al Departamento de Asuntos judiciales a fin de reconstruir el tramite extraviado; departamento que efectuó la reconstrucción. La res. 618/2012 tuvo por reconstruida las actuaciones extraviadas. Este trámite constaba de 22 fs al momento de su perdida. Pero la reconstrucción del trámite consta de 3 fojas, faltando 19 fojas. Se reitera: no participe en ninguna de las actuaciones vinculadas a The Old Fund ni a su reconstrucción. Que por resolución N° 314/2012 se tuvo por reconstruido el trámite correspondiente a la sociedad COMPAÑÍA DE VALORES SUDAMERICANA SA, el cual se encontraba extraviado. Dicho trámite se encontraba en el área archivo desde el día 1 de febrero de 2003. La reconstrucción también se llevó a cabo en el Departamento de Asuntos Judiciales de la IGJ. Ninguno de los deptos. Mencionados estaban bajo mi competencia ni responsabilidad ni el personal que allí se desempeñaba respondía a mis órdenes.
8.    Se agrega un dato más, el cual espero no se me atribuya dado la imposibilidad fáctica de ello. Consultada la página web de la Inspección General de Justicia advertí que el trámite perdido N° 2776773 correspondiente a la reforma de estatuto de The Old Fund SA figura ARCHIVADO desde el 21 de octubre de 2014, esto es desde el día siguiente a presentar la querella en estas actuaciones. Recordemos que el trámite perdido circulaba dentro de IGJ bajo el número 2776773. Se inscribió y se ubicó en el archivo, conforme surge de la causa, en el año 2011. En el año 2012 se advierte que se había perdido pero el último registro que aparecía por el sistema informático (y por internet) era archivo con fecha 2011. La reconstrucción de dicho trámite circula bajo el número 2836716.  Ahora bien, ¿cómo la IGJ puede archivar un trámite que no se encuentra físicamente? El envío por sistema coincide con el envío físico de un expte o tramite a determinado sector. Si el trámite no aparece como pueden archivarlo en 2014. Si el trámite continúa extraviado, entonces se evidencia una manipulación del sistema informático interno de IGJ, toda vez que resulta imposible justificar el envío de un trámite que no se encuentra físicamente al archivo.  Conforme se informara en sede penal, la Oficina Judicial de la IGJ (quien se encargó de la reconstrucción y del sumario por la pérdida) pide al archivo el expte perdido en 2014 (primer error); el archivo se lo envía por sistema (obvio que no físicamente) segundo error y después de un tiempo advierten que el expte perdido en 2012 por sistema sigue girando ya que quien debería saber que se perdió (ya que lo reconstruyo) lo pide y quien lo perdió lo gira. Todo así cambiando los registros informáticos.

                   

sábado, 22 de noviembre de 2014

Una ex funcionaria complicó a la IGJ y detalló irregularidades en los documentos de Hotesur

Una ex funcionaria complicó a la IGJ y detalló irregularidades en los documentos de Hotesur


nte la Justicia que el legajo de la firma presidencial Hotesur dentro de la Inspección General de Justicia (IGJ) registra inconsistencias y faltantes que le habrían permitido al organismo impulsar una acción judicial de cancelación registral por inactividad.
La declaración de Martínez ocurrió sólo un día después de que el juez federal Claudio Bonadío allanara la sede de la IGJ, organismo que depende del Ministerio de Justicia, y verificara que el domicilio legal declarado por Hotesur no era más que un departamento vacío.
Martínez precisó además cómo debió ser la reacción de la IGJ, según lo dispone la ley, ante los múltiples incumplimientos por parte de los responsables de la firma presidencial, que adeudaría los balances de los últimos años y el pago de las tasas. Además, habría presentado una declaración jurada de actualización de datos vencido el plazo legal y no inscribió el cambio de su sede social, entre otras obligaciones.
Esos faltantes salieron a la luz por primera vez en diciembre de 2013, cuando LA NACION reveló que Hotesur "adeuda balances, no informa quiénes integran su directorio desde hace años y sus actuales directores incumplen la normativa contra el lavado de activos", así como informó que presentó su declaración jurada fuera de término.
Sólo horas después de aquella publicación, el Ministerio de Justicia acusó a LA NACION de montar "un proceso sistemático" de "maniobras agraviantes y desestabilizadoras en perjuicio del Estado nacional y sus instituciones".
Tras los allanamientos ordenados anteayer por Bonadio, sin embargo, surgieron los primeros indicios de que, en efecto, Hotesur no presenta sus balances desde 2010, adeuda la inscripción de los directorios correspondientes a los ejercicios 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013, y la inscripción del cambio de sede, ya que la empresa no funciona en el domicilio declarado de la calle Lavalle.
La investigación judicial, sin embargo, no sólo apunta a investigar el supuesto incumplimiento formal de las normas registrales, sino que busca verificar la consistencia de la información económica que surja de los balances, comparada con la de la facturación y las declaraciones impositivas de la empresa, ante posibles prácticas de lavado de activos, dijeron fuentes judiciales a LA NACION.
En esa línea, el fiscal federal que interviene en la investigación, Carlos Stornelli, había impulsado la acción y el pedido diversas medidas de prueba, que llevaron a los allanamientos de la sede de la IGJ y del domicilio declarado por Hotesur en la calle Lavalle 975 de la ciudad de Buenos Aires, como así a requerirle documentación sobre esa sociedad a la AFIP.
La pesquisa de Bonadio y Stornelli, sin embargo, no es la única en marcha sobre Hotesur. El juez en lo Penal Tributario Javier López Biscayart investiga una eventual evasión cuando una firma del empresario Lázaro Báez, Valle Mitre, administró los hoteles presidenciales como el Alto Calafate.
http://www.lanacion.com.ar/1746124-una-ex-funcionaria-complico-a-la-igj-y-admitio-irregularidades-en-los-documentos-de-hotesur

Tras los allanamientos, el juez avanza con la causa por la empresa de Cristina

Una investigación judicial clave.Claudio Bonadio le tomó declaración a una ex funcionaria de la Inspección General de Justicia. Declaró que ella misma comprobó las irregularidades de la compañía de la Presidenta.
La causa Hotesur acaba de empezar. El juez Claudio Bonadio recién tomó las primeras medidas de prueba, y ya es cuestionado por los dirigentes oficialistas que responden a la principal investigada en el expediente, la presidenta Cristina Kirchner. Más allá de ese embestida de la dirigencia K sobre la Justicia, la pesquisa sigue avanzando.
Ayer declaró la primera testigo, Silvina Martínez, ex directora del Registro Nacional de Sociedades de la Inspección General de Justicia, supo Clarín en base a fuentes judiciales.
En los próximos días, el juez y el fiscal Carlos Stornelli terminarán el análisis de la documentación que se recolectó en los allanamientos y operativos que se hicieron, el jueves, en la sede registrada de Hotesur; en la AFIP y en la IGJ.
La causa Hotesur busca determinar si esa empresa hotelera de la Presidenta funciona de modo irregular gracias a protección que podría recibir desde los organismos gubernamentales encargados de controlarla.
La sociedad Hotesur es dueña del hotel más grande de los Kirchner, el Alto Calafate.
Hasta fines del año pasado, ese negocio era administrado por el socio de la Presidenta, Lázaro Báez, investigado en causas de lavado de dinero en Suiza, Uruguay y la Argentina.
Gracias a los allanamientos que fueron cuestionados por los funcionarios K, la Justicia pudo comprobar que Hotesur no funciona en el domicilio que registró como sede ante la IGJ, la calle Lavalle 975, piso cuarto departamento cinco. Cuando la policía llegó al lugar, se encontró con oficinas vacías y en alquiler.
Esa era una de las irregularidades sobre la empresa K que fueron difundidas por el programa PPT, de Jorge Lanata, y también por Clarín: Hotesur no solo no funciona donde registró su sede, sino que además adeuda la presentación de sus últimos balances; no actualizó la renovación de sus autoridades y ni siquiera pagó las tasas de los impuestos de la IGJ.
Sobre esas cuestiones declaró ayer la primera testigo del caso, Silvina Martínez.
Fue convocada en su calidad de ex directora del registro de sociedades comerciales de la IGJ; y como especialista en derecho empresarial.
Según pudo saber Clarín en base a fuentes del caso, Martínez enumeró en el juzgado de Bonadío las obligaciones que deben cumplir las sociedades comerciales con la IGJ; y también aportó información sobre el tema respecto a Hotesur.
Martínez declaró que, según su información y experiencia de una década en la IGJ, esa empresa de los Kirchner incumplía con todas las normas que suele tomar ese organismo para analizar si el funcionamiento de una sociedad comercial se desarrolla dentro del marco legal.
La testigo aseguró que Hotesur presentó ante la IGJ una declaración jurada sobre la actualización de sus datos, pero lo hizo fuera del plazo establecido por el organismo: el vencimiento de ese trámite fue noviembre del 2011, pero la firma lo registró en abril del 2012 y con una sede en la que no funciona, la de la calle Lavalle.
Martínez también le contó al juez que había podido comprobar en la web de la IGJ que Hotesur tampoco había pagado las tasas que le debía al organismo: gracias al análisis de documentación sobre ese punto, la testigo contó que la empresa de los Kirchner debía la presentación de sus últimos balances contables.
La conclusión de Martínez fue sintética y contundente: "La IGJ debería haber cancelado la sociedad por su inactividad".Este caso acaba de empezar.
http://www.clarin.com/politica/Hotesur-Cristina_Kirchner-golpe_de_Estado-la_ruta_del_dinero_K_0_1252675214.html

viernes, 21 de noviembre de 2014

La IGJ, un reducto de La Cámpora que debería controlar a las empresas

También allanó ayer la Inspección General de Justicia, el organismo que controla todas las sociedades y está bajo control de La Cámpora.
“Se llevaron el legajo de la empresa y los originales de los balances presentados”, dijeron a Clarín fuentes del organismo. El procedimiento estuvo a cargo de la Policía Metropolitana.
Oficialmente, el organismo dijo a través de un escueto y confuso comunicado que “hizo entrega de la totalidad de la documentación existente en poder del organismo relativa a la firma Hotesur S.A. (originales de Constitución de la Sociedad, Reformas de Estatuto, Cambio de Domicilio y declaración Jurada Res. IGJ N°1/10), así como copia certificada de la documentación presentada en soporte digital (Balances)”.
Según el comunicado, la IGJ también “hizo entrega de la documentación obrante relativa al ejercicio sobre dicha sociedad”.
La diputada Margarita Stolbizer denunció que Hotesur no presentó sus últimos balances, no informó sobre la renovación de sus autoridades, e incluso adeuda las tasas.
Son todas irregularidades que debería haber detectado la IGJ.
El organismo está a cargo desde hace un mes del abogado camporista Diego Martín Cormick, quien responde a Ernesto Kreplak, ideólogo del cepo informativo que se dispuso cuando estalló el caso Ciccone. Desde 2012, Kreplak es titular de la Subsecretaría de Coordinación y Control Registral, que controla ambos organismos. Llegó a ese cargo de la mano de otro integrante de La Cámpora, el secretario de Justicia, Julián Alvarez.
La conducción de la IGJ pasó por varias manos en los últimos años. Marcelo Mamberti arribó al cargo de la mano del hoy senador Aníbal Fernández. Lo reemplazó Norberto Berner, quien actualmente conduce la secretaría de Comunicaciones. Antes de Cormick estuvo Rodolfo Tailhade, quien renunció para impulsar su carrera política.
En manos del camporismo, el organismo fue blanco de numerosas denuncias judiciales. La más reciente tiene que ver con presuntas irregularidades en el legajo de The Old Fund, la empresa que se quedó con Ciccone Calcográfica. La IGJ también fue cuestionada por el manejo de la documentación de la Fundación Madres de Plaza de Mayo tras el escándalo de los hermanos Schoklender
http://www.clarin.com/politica/IGJ-La_Campora-reducto-controlar-empresas_0_1252674736.html


domingo, 16 de noviembre de 2014

Sentencia contra la Oficina Anticorrupción (sigue la persecución por parte del Ministerio de Injusticia)

Buenos Aires,  22   de  agosto de 2014.- 
Y VISTOS: Estos autos caratulados de la forma en que se indica en el   epígrafe,   que   se   encuentran   en   condiciones   de   dictar   sentencia definitiva  
y CONSIDERANDO:
 1°) Que  a fs. 2/4 vta.  Se presenta la actora,  por derecho propio, y promueve acción de hábeas data en los términos   de   la   ley   25.326   contra   la   Oficina   Anticorrupción dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,   a finque   se   supriman   sus   datos   de   la   base   de   incumplidores   de   la declaración   jurada   patrimonial   integral   correspondiente   al   período 2012.   Solicita   asimismo,   se   condene   a   la   accionada   en   la   suma   de $30.000 por daño moral. Relata   que   por   Decreto   N°601/13(BO 30/5/13) se prorrogó su designación como Directora del Registro Nacional de Sociedades de la Inspección General de Justicia desde el 27/3/12   hasta   el   31/10/12   y   que,   con   fecha   6/6/13,   la   Dirección General de Recursos   Humanos del citado ministerio le notificó que debía   realizar   la   presentación   de   la   declaración   jurada   patrimonial dentro   de   los   30   días   hábiles   siguientes   al   cese   de   dicho   cargo. Sostiene   que      el   plazo   vencía   el   22/7/13,   toda   vez   que   debía computarse desde la fecha de publicación del Decreto 601/13 en el Boletín Oficial. Destaca   que   el   7/7/13   se   dictó   el Decreto 895/13 reglamentario de la Ley 26.857, que   el 13/7/13 se dictó   la   Resolución   AFIP   N°   3511   y   que   ,      el   16/7/13,      la reglamentación   del   Ministerio   de   Justicia   y   Derechos   Humanos prorrogó   el   plazo   de   presentación   de   la   declaración   jurada   integral hasta el 19/9/13. Solicita que, habiendo advertido queen  la  base  de   datos  de  la  Oficina Anticorrupción  figuraba  desde  el 11/6/13   como   incumplidora   de   la   presentación   de   la   declaración jurada integra, se proceda a suprimir dicha información errónea.
2°)   Que   requerido     el   informe   a   la demandada,   de   conformidad   a   los   arts.   37   y   39,   inc.   2   de   la   ley 25.326,   fue   presentado   a   fs.   106/110   por   el   Estado   Nacional-Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, solicitando el rechazo dela acción con costas. Refiere que en cuanto a la situación particular de la actora, la Dirección General de Recursos   Humanos informó oportunamente su alta de la actora en el cargo de Directora del   Registro   Nacional   de   Sociedades   –IGJ-   a   partir   del   1/2/10, habiendo   presentado   la   ex   funcionaria,   en   su   momento,   las   DDJJ Inicial y  Anuales  2010 y 2011. Indica que, posteriormente, por Nota DGRRHH-DJ   N°   531/13,      la   Dirección   aludida   informó   a   la accionante su baja , a partir del 1/11/12, en el cargo de Directora que ejerciera mediante Decreto N° 601/12 Entiende que no existen dudas de que   partir   de   tal   notificación,   la   funcionaria   no   podría   alegar desconocimiento en cuanto a su desvinculación del cargo y a la fecha de cese, circunstancia que, consecuentemente, la obligaba desde ese momento a materializar la presentación de su declaración jurada por baja.Sostiene   que   la   normativa   que   la actora transcribe, establece que el plazo comienza a correr a partir del cese efectivo de funciones  (esto es el 31/10/12) y no a partir del acto que la notifica. Menos aún, desde la publicación en el Boletín   Oficial,   en   tanto   no   existe   disposición   algún   a   que   así   lo establezca. Apunta que el vencimiento del plazo para   presentar   su   Declaración   Jurada   Patrimonial   Integral   de   Baja, comenzó a correr el 1/11/12 y venció el 17/12/12 sin que se hubiese presentado tempestivamente.
3º)   Que   a   fs.   146/148   el   Sr.   Fiscal Federal   tomó   la   intervención   que   le   corresponde   de   acuerdo   a   lo establecido   en   el   art.   39   de   la   ley   24.946,   quedando   los   autos   en estado de dictar sentencia a fs. 149.  
4°) Que el apartado 3° del art. 43 dela  Constitución  Nacional ha consagrado el derecho de toda persona a interponer una acción expedita y rápida para tomar conocimiento delos datos a ella  referidos y de su finalidad y contenidos en registros bancos públicos y, en caso  de falsedad o discriminación, para exigirse   supresión,   rectificación,   actualización   y   confidencialidad   (Fallos 322:259).  La acción de habeas data constituye una garantía que tiende a que  todos los habitantes puedan acceder a las   constancias   de   los   archivos     de     bancos   de   datos   públicos   o privados,   y   controlar   su   veracidad   y   difusión.   El     bien     jurídico protegido es, sustancialmente, la veracidad de la  información.  Y  en tal     sentido,     la     acción     protege   a   los   individuos     contra     la información  falsa  o  incompleta,  y los habilita     para    exigir    la supresión,       rectificación, confidencialidad   o   actualización   de los datos e impedir que se haga   un  uso  abusivo  o  discriminatorio  de ellos  (confr. Colautti,  Carlos  E.  "Reflexiones  preliminares sobre elhabeas data" L.L. 4-6-96) (Sala II, "Flores Raúl Alberto  c/EN –PFA(Registro Datos) s/habeas Data " del  7/04/11).
La   garantía   del   habeas   data   está vinculada  al derecho a la intimidad  y  al  derecho  a  la  veracidad  dela propia imagen, reconociéndose   cinco  fines principales: a) accederla registro de   datos;   b) actualizar  los  datos  atrasados;  c)  corregir información     inexacta;     d)     asegurar     confidencialidad     de   cierta información   legalmente   obtenida, pero que no debería trascender a terceros;  e)   cancelar   datos  que  hacen  a  la  llamada "información sensible" (Sala IV, "F.E.A. c/EN - Consejo de la Magistratura s/habeasdata",  1/11/12).  Respecto     del    procedimiento     delhábeas data, éste  transita por etapas bien definidas. En primer lugar, el actor   busca tomar conocimiento de la información contenida en determinado banco o registro de datos. Estando a su disposición tal información,   a   efectos   de   impedir   la   lesión   de   algún   derecho reconocido   podrá   controlar   su   exactitud.   Finalmente,   de   existir inexactitud o falsedad en alguna de las informaciones podrá requerir del   juez   su   rectificación   (conf.   Sala   IV,   “Pastorino   Carlos   María/A.N.A. s/hábeas data”, del 20/10/99).
5°)   Que   en   el   sub   lite   la   acción   es ejercida por la Sra. Martínez   a fin que se supriman   los datos que obran   en   la   base   de   incumplidores   de   la   declaración   jurada patrimonial integral de la Oficina Anticorrupción correspondiente al período 2012, por considerar errónea dicha información. Ello     así,     de     las     actuaciones administrativas surge que la actora fue designada transitoriamente en un cargo  SINEP Nivel B  grado  0, función ejecutiva Nivel II como Directora de la Dirección del Registro Nacional de Sociedades de la planta   permanente     de   la   Inspección   General   de   Justicia     de   la Subsecretaría   de Coordinación y Control de Gestión Registral de la Secretaría   de   Asuntos   Registrales   del   Ministerio   de   Justicia   y Derechos Humanos por medio del Decreto 172/10,  prorrogada por Decretos 805/11, 1891/11 y 601/13. Este último decreto fue publicado en el  Boletín Oficial el 30/5/13 y  prorrogó  su designación transitoria hasta el 31/10/12 fecha a partir del cual se le dio de baja (ver fs. 17/26 de   expediente   administrativo       S04:0029332/13   reservado   en Secretaría bajo el sobre Nº4064). Como   consecuencia   del   dictado   del Decreto N° 601, se remitió a la accionante  la nota DGRRHH- DJ N°533 del 3/6/13,  a través de la cual se le solicitó la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral por baja (ver fs. 130).Por   otra   parte,   con   motivo   del cambio de modalidad dispuesto por la RG N° 3511 del 8/7/13, la Sra. Martínez remitió  a la  Dirección  General  de  Recursos  Humanos  del Ministerio de Justicia con   fecha   2/9/13, una nota solicitando se le indique  el  procedimiento   a  seguir  para  confeccionar  la  Declaración Jurada   por   baja,   la   cual   fue   girada   el   3/9/13   a   la   Oficina Anticorrupción,   no surgiendo que se hubiere dado respuesta alguna, sino que por el contrario, dicha  Oficina la incorporó el 11/6/13 en la base   de  datos   de   incumplidores   ante   la   falta   de   presentación  de   su DDJJ ( fs.133 y 136) .Por último, el 7/10/13 bajo el número de   transacción   334652507,   fue   recepcionado   el   sobre   “Anexo Reservado”   correspondiente a la baja   de la Dra. Silvina Alejandra Martínez   e   informado   a   la   Oficina   Anticorrupción   por   notaDGRRHH- DJ N° 577 del 11/10/13 ( fs. 139/142).
 6º)   En   cuanto   a   la   normativa   que rige en  la cuestión en estudio, cabe poner de relieve que  el art. 4 dela ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública prevé que “Las   personas   referidas   en   artículo   5º   de   la   presente   ley,   deberán presentar   una   declaración   jurada   patrimonial   integral   dentro   de   los treinta   días   hábiles   desde   la   asunción   de   sus   cargos.   Asimismo, deberán actualizar la información contenida en esa declaración jurada anualmente y presentar una última declaración, dentro de los treinta días hábiles desde la fecha de cesación en el cargo. A   su   vez,   el   Decreto   Nº   895/13 reglamentario   de   la   ley   Nº   26.857,   en   su   art.   2   dispuso   que     el Ministerio   de   Justicia   y     Derechos   Humanos   sea   la   autoridad   de aplicación     y   lo   facultó   a   dictar   las   normas     complementarias     y aclaratorias   que   resulten   necesarias   para   la   implementación   de   sus disposiciones.   Por otra  parte,  en la parte pertinente del  art. 6 de su Anexo   I,     se     estableció   que   “En   caso   de   incumplimiento   de   las obligaciones   contenidas      en   la   Ley   Nº   26.857,      la   Oficina Anticorrupción publicará  el listado de las personas obligadas que no hayan presentado las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales”. Finalmente,     por     Resolución     Nº1183/13 del Ministerio de Justicia  y Derechos Humanos se prorrogó hasta   el   19   de   setiembre   de   2013   el   plazo   de   presentación   de   las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales para la actualización Anual 2012 (art. 1º).
7º)   En   atención     a   lo   expuesto   y, conforme lo sostenido por el  Sr. Fiscal Federal en su dictamen de fs. 146/148 en cuanto a que más allá que no hay  coincidencia  entre las partes respecto de cuando nació y cuando venció   la obligación para presentar   la   Declaración   Jurada   en   cuestión   ,     atendiendo   a   que   la actora ha presentado   su Declaración Jurada Patrimonial Integral deceso en el cargo con fecha 7/10/13 y que,  salvo sanciones de índole administrativas las normas que regulan la materia no prevén ninguna consecuencia en el supuesto que la declaración jurada patrimonial no hubiera sido interpuesta en término, entiendo que corresponde hacer lugar   a   la   pretensión   de   la   accionante   a   fin     que   se   suprima     la información inexacta ( conf. art. 33 inc. b) de la ley 25.326). Es   que     la   acción   de   habeas   data tiene, entre otras finalidades,  la  de actualizar   datos  y la de  corregir la     información inexacta, por lo cual dado que   la información que obra en la  Oficina Anticorrupción respecto de la Sra. Martínez  al día de la  fecha   se encuentra desactualizada   y no se ajusta a la realidad ,debe ser corregida. 
8º)   Respecto   al   reclamo   por   daño moral, toda vez que la ley 25.326 nada dice al respecto y  que sólo los arts.   31   y   32   refieren   a   responsabilidades   civiles,   penales   y administrativas, entiendo que  los mismos resultan ajenos a la acción de habeas data,   por lo que dicha  pretensión debe ser rechazada. Por los fundamentos expuestos,

FALLO:   Haciendo lugar parcialmente a la   acción   de   habeas   data   interpuesta   por   la   Sra.     Silvina  Alejandra Martínez, ordenando   la Oficina Anticorrupción a que en término de cinco días de quedar firme la presente, proceda a suprimir los datos dela   actora   de   la   base   de   incumplidores   de   la   declaración   jurada patrimonial integral correspondiente al período 2012. Rechazando la pretensión de daño moral. Costas por su orden en atención a   las   particularidades   de   la   causa   (art.   17   de   la   ley   16.986     y   68, segunda parte del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).Regístrese,   notifíquese, devuélvanse las actuaciones administrativas una  vez firme la presente,  oportunamente, archívese.

martes, 4 de noviembre de 2014

Diputados pide informes sobre la perdida de Ciccone en IGJ


Nº de Expediente
8237-D-2014
Trámite Parlamentario
150 (22/10/2014)
Firmantes
ASSEFF, ALBERTO EMILIO.
Giro a Comisiones
JUSTICIA.
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional en los términos del art. 100 inciso 11 de la Constitución Nacional, informe a ésta H. Cámara de Diputados de la Nación, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Inspección General de Justicia (IGJ) y demás organismos competentes en la materia, acerca de los siguientes puntos vinculados al extravío de expedientes de la empresa "The Old Fund" en la IGJ y su moroso proceso de reconstrucción.
1.- Habiendo confirmado el señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Dr. Julio Alak el extravío de documentos oficiales sobre la ex Ciccone Calcográfica y su sociedad controlante The Old Fund que estaban en la Inspección General de Justicia (IGJ), que podrían comprometer al vicepresidente Amado Boudou, y aseguró que fueron "reconstruidos", precisar: qué oficina y funcionarios poseían el expediente al momento de constatarse su desaparición; en qué momento se inició el proceso de reconstrucción; si se puede concluir que en el expediente rehecho se pudo agregar toda la documentación que se hallaba glosada en el primero; si se iniciaron investigaciones administrativas tendientes a deslindar responsabilidades por la pérdida del expediente y en su caso, cuáles fueron las sanciones impuestas. De todo lo consultado, acompañar el correspondiente sustento documental probatorio.
2.- Remitir un prolijo detalle de la totalidad de los expedientes pertenecientes al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que se encontraren en algún momento en situación de extravío y se establezca el procedimiento adoptado en cada uno de los casos.
3.- Precisar quiénes son o han sido desde su constitución los socios de The Old Fund, datos societarios y modificaciones que se hubieren operado desde su constitución, y toda información de relevancia que se halle en poder de la IGJ, con acompañamiento de la documentación respaldatoria pertinente.
4.- Determinar si en el contrato de la compra de The Old Fund del 1 de septiembre de 2009 se muestra que tanto Gustavo Martínez como Alejandro Paul Vandenbroele actuaron "en su propio nombre y derecho", y no en representación de otras sociedades, declarando si es ello lo que figura o no, en el expediente de la IGJ sobre la empresa, que fue reconstruido tras haber "desaparecido" justo cuando se reveló el caso Ciccone.
5.- Establecer si entre los documentos que posee el Estado, hay uno que informa sobre la supuesta acta de directorio número 5 de The Old Fund, celebrada el 1 de septiembre de 2009 y si allí constaban los porcentajes originales de compra de acciones de la sociedad en favor de Martínez y Vandenbroele, pero fueron tachados y arriba se inscribieron otros valores y si también se agregó que la empresa Tierras International Investments CV participó de la operación.


FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El ministro de Justicia, Julio Alak, confirmó el extravío de documentos oficiales sobre la ex Ciccone Calcográfica y su sociedad controlante The Old Fund que estaban en la Inspección General de Justicia (IGJ), que podrían comprometer al vicepresidente Amado Boudou, pero aseguró que fueron "reconstruidos".
"En todos los poderes, en el Ejecutivo, en el Legislativo y en el Judicial, suele extraviarse documentación o suelen sustraerla, lamentablemente", afirmó el funcionario, quien puntualizó que "en este caso, la ventaja fue que el expediente", que fue perdido en una oficina que depende de su Ministerio, "estaba digitalizado". Alak también enfatizó que cuando "la Justicia ha reclamado la información, ha sido entregada", pero admitió que "lo que pueden faltar son antecedentes que no son de la administración pública".
En tanto, el ministro expresó que "se labraron las actuaciones sumariales correspondientes para establecer las responsabilidades administrativas que hubiera en los funcionarios de la Inspección General de Justicia" por la pérdida de la documentación.
Por su parte, el secretario de Justicia, Julián Álvarez, negó que su jefe Alak, esté imputado en una causa penal por el extravío de los documentos oficiales. "No hay una situación judicial de Alak", aseguró el viceministro de Justicia y agregó, además, que "es falso" que el titular de la cartera de Justicia no haya radicado una denuncia sobre la falta de esos documentos porque, aseguró, "hizo un sumario administrativo".
De todos modos, Álvarez reconoció que durante 2011 "tres expedientes" referidos a la ex Ciccone Calcográfica que estaban en la IGJ, que depende del Ministerio de Justicia, "desaparecieron" aunque destacó que luego "se encontró uno mal encasillado y dos se reconstruyeron".
Los documentos "están totalmente reconstruidos porque se extravió el soporte papel pero estaba digitalizados en soporte magnético", indicó y aseguró que "eso ya está presentado" en la Justicia federal.
En ese sentido, el titular de la Inspección General de Justicia (IGJ), Martín Cormick, sostuvo que ese organismo "cumplió con todos los requerimientos administrativos para la reconstrucción" del expediente de la firma The Old Fund".
Además, Cormick, en un comunicado oficial, recordó que ese organismo "instruyó los sumarios correspondientes para determinar las responsabilidades por el extravío de ese archivo". El funcionario expresó que "las autoridades de la IGJ dieron intervención a la Justicia acerca del extravío y la reconstrucción del expediente, que contiene todos los elementos registrales pertinentes" y destacó que "se inició en tiempo y forma el sumario correspondiente para establecer la responsabilidad administrativa de los funcionarios actuantes".
La reconstrucción se realizó en tiempo y forma durante la gestión de Marcelo Mamberti al frente de la IGJ y de Silvina Martínez como titular del Registro Nacionales de Sociedades, se consignó (Fuente: diario Clarín y La Mañana de Neuquén).
Recordemos que el 1 de septiembre de 2009, Alejandro Paul Vandenbroele y Sergio Gustavo Martínez le compraron la sociedad The Old Fund a sus dueños originales, Eduardo Razzetti y Carlos Dorado: pagaron $7.000. El texto del contrato muestra que Martínez se quedó con el control de The Old Fund porque adquirió 21 mil acciones. Vandenbroele se quedó con las 9 mil restantes.Los dos eran viejos conocidos de Boudou y de su socio, según probó el juez del caso Ciccone, Ariel Lijo.
Los vínculos entre ellos se extendieron a otros negocios. En 2010, Martínez dejó The Old Fund: creó una de las compañías de las que el vice admitió obtener beneficios económicos, llamada Beaver Cheek. Hasta el 16 de enero de 2012, Martínez fue accionista de esa empresa junto Núñez Carmona y a Juan Carlos López, quienes a su vez son socios de Boudou en otros negocios.
El contrato de la compra de The Old Fund del 1 de septiembre de 2009 muestra que tanto Martínez como Vandenbroele actuaron "en su propio nombre y derecho", y no en representación de otras sociedades.No es lo que figura en el expediente de la IGJ sobre la empresa, que fue reconstruido tras haber "desaparecido" justo cuando se reveló el caso Ciccone.
Entre esos documentos que posee el Estado, hay uno que informa sobre la supuesta acta de directorio número 5 de The Old Fund, celebrada según ese papel el 1 de septiembre de 2009.
Allí constaban los porcentajes originales de compra de acciones de la sociedad en favor de Martínez y Vandenbroele, pero fueron tachados y arriba se inscribieron otros valores. También se agregó que la empresa Tierras International Investments CV participó de la operación.
Dos días después de que los amigos de Boudou compraron The Old Fund, el 11 de septiembre de 2009, la firma fue contratada por el gobierno de Formosa. Cobró $7,6 millones para asesorar a esa provincia en la reestructuración de la deuda pública que avaló el entonces ministro de Economía, Boudou.The Old Fund compró en 2010 la imprenta Ciccone Calcográfica.
Las aclaraciones formuladas no alcanzan para disipar el fuerte olor de corrupción y amañamiento que se infiere de la sospechosa desaparición de expedientes de la IGJ que justamente podrían perjudicar la ya de por sí, endeble situación judicial y moral del vicepresidente de la Nación Licenciado Amado Boudou.
Esta Cámara necesita conocer con fehaciencia y seriedad, sin excusas pueriles, por qué razones se pierden los expedientes con información sensible y cuáles son los funcionarios que fueron responsabilizados por sus procederes desidiosos o imprudentes, con indicación de las sanciones que se les hubieren impuesto. Además, precisar quiénes son los verdaderos accionistas de The Old Fund, desde el momento en que la inscribieron en la Inspección General de Justicia (IGJ).
Por todo ello, pido el acompañamiento de mis pares a fin de aprobar este pedido de informes.

domingo, 2 de noviembre de 2014

Caso Ciccone: el expediente que rearmó la IGJ tiene datos falsos

Caso Ciccone: el expediente que rearmó la IGJ tiene datos falsos

La Inspección General de Justicia extravió los datos de The Old Fund. En la reconstrucción hay contradicciones.

Los datos se desprenden de documentos oficiales. En abril de 2012, la Inspección General de Justicia (IGJ) avaló la reconstrucción de un expediente perdido de la sociedad The Old Fund, a pesar de que el contenido de esa documentación era irregular. Se trata de la empresa madre del caso Ciccone, vinculada a Amado Boudou, y cuyas ramificaciones comerciales son investigadas por lavado de dinero en nuestro país y en Uruguay.
Clarín accedió a los papeles restaurados de The Old Fund que fueron dados como válidos por el Estado aunque tienen datos anómalos.
Entre la información aceptada como reconstruida por la IGJ se incluyen, por ejemplo, actas de asambleas inscriptas cuatro meses antes de que se hayan realizado; la participación de una empresa extranjera que no se había radicado en el país y que cuando lo hizo se inscribió en un domicilio falso; y hasta la actuación de un gestor con nombre inexistente.
La IGJ es el organismo estatal que justamente tiene como objetivo controlar el registro y el funcionamiento de las sociedades comerciales.
El ente está dirigido en la actualidad por Martín Cormack y depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al mando de Julio Alak.
El funcionario está imputado en dos causas judiciales en las que se investigan si intentó encubrir a Boudou avalando primero la pérdida y luego la adulteración de los documentos de The Old Fund que estaban bajo resguardo de la IGJ.
El 20 de octubre pasado, Clarín difundió que la Justicia había recolectado pruebas que complicaban a Alak en esta trama.
El ministro aceptó al otro día que el expediente de The Old Fund se había perdido en la IGJ pero aseguró que tras su recuperación todo estaba en regla.
La IGJ, presidida por Martin Cormack, emitió un comunicado en el mismo sentido: afirmó que “la reconstrucción del expediente de The Old Fund cumple todos los requisitos legales”.
Pero de la lectura de esos documentos se deduce lo contrario.
Los papeles originales llenaban  veintidós fojas. Los reconstruidos ocupan solo cuatro páginas.
El trámite “perdido” de The Old Fund que se recuperó corresponde, según la nueva versión, a la reforma del estatuto de la empresa y a un aumento de capital de esa firma, operaciones en las que ya estaba involucrada otra sociedad radicada en Uruguay que había entrado como socia en el negocio de Ciccone Calcográfica, llamada Dusbel.
Las primeras irregularidades tienen que ver con una regla básica de la física: los seres humanos no son capaces de viajar en el tiempo.
Ocurre que el acta de directorio del legajo reconstruido de The Old Fund asegura que ese hecho se llevó a cabo “a los 26 días del mes de octubre de 2010…”.
Pero en la misma documentación el abogado que se encargó de esos trámites, Albert Chamorro, declara “bajo juramento” que transcribió lo ocurrido en esa acta “a los 06 días del mes de julio del 2010”, es decir, tres meses y medio antes de cuando supuestamente ocurrieron.
En el mismo legajo “recuperado” de The Old Fund se afirma que la sociedad Dusbel, entre otras cosas, hizo un aporte de capital a The Old Fund de $2.435.370. Si las fechas reconstruidas en esos trámites son ciertas, entonces Dusbel no estaba aun inscripta en el país, por lo que la IGJ debería haber multado a The Old Fund por esta cuestión, cosa que no pasó. Dusbel recién inició los trámites de registración en la Argentina el 11 de abril de 2011.
En el expediente “perdido” y “reconstruido” por la IGJ también se declara que una de las accionistas de The Old Fund es otra sociedad, llamada Tierras International Investment CV.
Ésta última firma, junto con Dusbel, fueron radicadas en domicilios falsos en Longchamps. En donde debería funcionar Tierras International Investments, por ejemplo, vive en realidad un jubilado apodado “Piluso” y de apellido Schneider. Esa irregular fue revelada por el diario La Nación.  No por la IGJ.
http://www.clarin.com/politica/Caso_Ciccone-The_Old_Fund-Amado_Boudou-Inspeccion_General_de_Justicia_0_1241275923.html

jueves, 9 de octubre de 2014

El Ministerio de Justicia sigue encubriendo a Boudou

La Cámara Federal suspende un sumario por la desaparición en la IGJ de legajos de la ex Ciccone

La decisión la tomó el tribunal en lo Contencioso Administrativo Federal; LA NACION había revelado irregularidades en los documentos de la Inspección General de Justicia
 Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó suspender el trámite de un sumario administrativo por la denunciada desaparición de los legajos de la ex Ciccone Calcográfica de la Inspección General de Justicia hasta que se resuelva si es parte en el caso la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas
La FIA acudió a la Justicia luego que el Ministerio de Justicia del que depende le negó intervenir en la tramitación del sumario para dilucidar qué pasó con los legajos de Ciccone, irregularidades que LA NACION reveló en varias oportunidades.
Según pudo saber LA NACION de fuentes tribunalicias, los camaristas María Caputi, José Luis López Castiñeira y Luis Márquez resolvieron que "corresponde a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas asumir el rol de parte acusadora en los sumarios como el que está involucrado en las presentes".
Y dictaminaron que "el avance del procedimiento e incluso su finalización en tales condiciones, es susceptible de generar situaciones de preclusión de actuaciones, agotamiento de etapas y prescindencia de elementos probatorios que podrían ser aportados por la Fiscalía, con el consiguiente perjuicio insusceptible de reparación ulterior".
La Cámara Federal porteña debe resolver si confirma los procesamientos al vicepresidente Amado Boudou y a otros acusados en la causa penal por Ciccone a cargo del juez federal Ariel Lijo. El martes pasado los procesados apelaron ante la sala I de ese tribunal, salvo Guillermo Reinwick y Guido Forcieri, quienes tienen fecha para hacerlo a fines de este mes. La Cámara prevé resolver todas las situaciones procesales juntas..
http://www.lanacion.com.ar/1734181-la-camara-suspende-un-sumario-por-la-desaparicion-de-legajos-en-la-igj-de-la-ex-ciccone

lunes, 22 de septiembre de 2014

Sigue incompleto el legajo de The Old Fund en la IGJ

Sigue incompleto el legajo de The Old Fund en la IGJ

Para la Inspección General de Justicia (IGJ), el legajo "extraviado" de The Old Fund es algo del pasado. Afirma que logró reconstruirlo y así se lo comunicó a la justicia federal. Pero el tramo clave del legajo "reconstruido" tiene apenas cuatro fojas cuando el original tenía 22. Faltan dictámenes, observaciones de los inspectores, formularios, firmas, sellos y otros pasos del desembarco de la firma uruguaya Dusbel en el misterioso fondo que controló laex Ciccone Calcográfica, según verificó LA NACION.
El material faltante se suma, así, a documentos registrales de The Old Fund que, como reveló LA NACION el 18 de agosto pasado, acumulan una docena de indicios sobre su posible falsedad. Y arroja nuevas sospechas, por ejemplo, sobre la fecha real en que la firma uruguaya Dusbel -con acciones al portador- aportó US$ 620.000 para adquirir el 50% de The Old Fund, en reemplazo de Sergio Gustavo Martínez, el prófugo de la justicia de Estados Unidos y amigo del vicepresidente Amado Boudou y de su socio, José María Núñez Carmona.
En su último comunicado público vinculado al "caso Ciccone", sin embargo, la IGJ negó incluso que se haya desaparecido el legajo de The Old Fund, sino que sólo se extravió de un "trámite", cuya reconstrucción "fue concluida en un breve lapso", lo que se logró "a partir de copias digitalizadas".
Según reconstruyó la jueza federal María Servini de Cubría, que investiga la posible comisión de delitos dentro de la IGJ, el "extravío" ocurrió semanas después de que estalló el escándalo, cuando desapareció todo lo que The Old Fund presentó sobre la reforma y ampliación de su estatuto para la incorporación de Dusbel.
Desde entonces, la IGJ inició un "sumario" para deslindar responsabilidades, pero Servini de Cubría ordenó un peritaje en los sistemas informáticos del organismo que depende del Ministerio de Justicia para buscar indicios sobre qué ocurrió. Autorizó, incluso, la revisión de las cuentas oficiales de correo electrónico sobre la base de ciertas palabras clave para de ese modo evitar planteos de nulidad por vulneración de la privacidad.
Las "copias digitalizadas" con las que IGJ dio por cerrada la reconstrucción de The Old Fund, sin embargo, dejaron afuera más material sensible, según reconstruyó LA NACION. Entre otros:
  • Falta el dictamen del abogado de The Old Fund, Albert Chamorro Hernández, ex inspector de la IGJ y pasado laboral en común con el rostro visible de The Old Fund, Alejandro Vandenbroele, en el estudio Alfaro Abogados. Chamorro actuó como supuesto apoderado de Dusbel meses antes de que esa firma lo designara como tal y, además, transcribió otra acta -la número tres- meses antes de que ocurriera.
  • Falta el dictamen de un contador público nacional en relación a ese aumento de capital de The Old Fund con los US$ 620.000 que aportó Dusbel, al punto que incluso se ignora si existe ese contador o su nombre.
  • Faltan formularios de presentación de The Old Fund ante la IGJ, los que, entre otros datos relevantes, pueden dar fecha cierta a ciertos movimientos del legajo dentro del organismo.
  • Faltan las observaciones cursadas por los funcionarios e inspectores de la IGJ ante cada presentación de The Old Fund. La sociedad presentó e inscribió, por ejemplo, un trámite urgente de cambio de domicilio el 2 de marzo de 2012 -casi un mes después del estallido del escándalo- a pesar de que adeudaba una declaración jurada de actualización prevista por la resolución 1/11. Por ese motivo, la IGJ debió impedirle, desde noviembre de 2011, ingresar todo otro trámite hasta que, precisamente, cumpliera con esa declaración jurada.
  • Falta, incluso, la plancha de inscripción emitida por la IGJ, y que aportaría otros datos adicionales sobre la veracidad del legajo.
Pese a estos y otros faltantes -que se suman a indicios sobre la presunta adulteración de documentos, tal como reveló LA NACION el 18 de agosto pasado-, el entonces titular de la IGJ Marcelo Mamberti firmó la resolución 618/12, con la que consideró reconstruido el material faltante sobre The Old Fund y así se acompaña desde entonces cada vez que la Justicia solicita una copia.
Las particularidades de este caso, sin embargo, fueron más allá. Porque, a diferencia de otras reconstrucciones, incluso las de otros dos legajos "extraviados" dentro de la IGJ vinculados al caso Ciccone -los de London Supply y la propia Ciccone Calcográfica-, el organismo no requirió a los responsables de The Old Fund que acompañaran las copias que conservaban del material perdido, así como tampoco pidió los dictámenes del abogado y del contador intervinientes, ni buscó las observaciones que pudieron redactar sus propios inspectores.
Esas observaciones tampoco aparecieron ante otros trámites de The Old Fund. El identificado como 2725178, por ejemplo, acumuló tantas que, según la desplazada titular del Registro Nacional de Sociedades, Silvina Martínez, la IGJ ni siquiera debió autorizar su inscripción. Entre otros motivos, porque la firma del abogado Sergio Gastrell no estaba legalizada por el Colegio, lo que impide darle fecha cierta al documento. No sólo eso: también le faltan datos de la póliza de seguro de caución que debió presentar Vandenbroele. Según el inspector dictaminante, el titular de The Old Fund las acompañó, pero no aparecen ni están individualizadas. El trámite se inscribió igual. Así, al Juzgado se remitieron 11 fojas de ese trámite, cuando en el sistema interno de la IGJ eran 22. También faltan.

LOS FALTANTES EN EL EXPEDIENTE

  • El material faltante arroja sospechas sobre la fecha real en que Dusbel aportó US$ 620.000 para adquirir el 50% de The Old Fund, en reemplazo de Sergio Gustavo Martínez, amigo de Boudou
  • Falta el dictamen del abogado de The Old Fund, Chamorro Hernández (ex inspector de la IGJ y pasado laboral en común con Vandenbroele), que actuó como supuesto apoderado de Dusbel meses antes de que esa firma lo designara
  • No está el dictamen de un contador en relación con el aumento de capital de TOF con los US$ 620.000 que aportó Dusbel
  • Pese a los notorios faltantes, la IGJ dio por reconstruido el expediente sobre The Old Fund, a través de una resolución del organismo
http://www.lanacion.com.ar/1729070-sigue-incompleto-el-legajo-de-the-old-fund-en-la-igj.