martes, 2 de septiembre de 2014

Así me despidieron de la IGJ por no querer cubrir a Boudou

En fecha 10 de agosto de 2012 denuncie ante la IGJ los hechos aquí relatados (expte N° 5109026/2863608). En fecha 10-09-12 se presentó un pronto despacho atento a que no existía movimiento alguno registrado del trámite iniciado, ello mediante el control vía internet y en fecha 18 de octubre, atento el silencio de la administración, presente ante la IGJ recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio.
                   Por tal motivo, presente en la Mesa de Entradas del Ministerio citado una denuncia dirigida al Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos Julio Alak en fecha 19 de octubre de 2012. (Expte N°S04:0053188/2012) Según surge del citado expte la actuación estuvo hasta el día 02/11/2012 en el gabinete de asesores del Sr. Ministro, remitiéndose ese día al Despacho del Secretario de Asuntos Registrales Dr. Oscar Martini, quien ordenó el día 08/11/2012 al Subsecretario de Coordinación y Control de Gestión Registral Dr. Ernesto Kreplak que la Inspección General de Justicia produzca informe a la brevedad y este último remite la Dirección de Recursos Humanos el día 12/11/2012. Finalmente mi denuncia es girada a la IGJ el 7 de diciembre de 2012, destacándose que al momento de recibirse mi denuncia se decide despedirme de mi puesto de trabajo.
                   El 10 de diciembre de 2012 la denuncia que efectuará se remite a la oficina judicial de la IGJ, ordenando dicho pase el Sr. Berner (uno de los funcionarios por mi denunciados). Recién a fines de 2013 se resuelve el inicio de un sumario a fin de investigar los hechos investigados, destacándose que se impugno la tramitación del sumario, toda vez que no se cumplía con el procedimiento establecido por el Reglamento de Investigaciones Administrativas (dilación en el tiempo, carencia de orden cronológico, parcialidad de los instructores), dejándose constancia que debía intervenir la Procuración del Tesoro, por el carácter de los funcionarios involucrados. Este planteo fue rechazado mediante resolución N° 1 del 6 de marzo del 2014.
                   En fecha 14 de noviembre de 2012 fui notificada de una carta documento CD N° 780356512, suscripta por la Directora General de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación la cual se transcribe textualmente “Me dirijo a Ud. a fin de informarle que conforme instrucciones impartidas por la Superioridad, la prorroga de su designación transitoria en el cargo de Directora de la DIRECCION DEL REGISTRO NACIONAL DE SOCIEDADES de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA se impulsará por el periodo comprendido entre el 27 de marzo de 2012 y el 31 de octubre de 2012. Queda usted debidamente notificada. Fdo. Dra. Blanca María HERNANDEZ Directora General de Recursos Humanos DNI 6.719.151.”
                   Dicha carta documento fue contestada por la suscripta en fecha 17 de noviembre del mismo año CD 299567801, la cual se transcribe a continuación:” Por la presente rechazo en todos sus términos la carta documento CD 780356512 notificada el 14 de noviembre por resultar nula. No surge quien es la Superioridad que le impartió instrucciones; ni cuáles fueron las mismas; como tampoco se cita acto administrativo alguno ni actuaciones donde tramitara tales instrucciones o la prorroga que se alude. En los términos de redacción se me notifica una expresión de deseos. Por último, reitero mi denuncia por acoso laboral, ya que a la fecha no obtuve respuesta. Fdo. Dra. Silvina Alejandra Martínez. Directora del Registro Nacional de Sociedades. DNI: 28.839.286
                   Ahora bien, hasta aquí no había notificación fehaciente de egreso de la administración pública, ni surge acto de cancelación de la designación conforme la normativa vigente. La circunstancia de ser designada en planta transitoria, no eximen a la Administración de verificar los recaudos de legalidad en el objeto y motivación que exige la ley Nacional de Procedimientos Administrativos ni a desentenderse de la dosis de razonabilidad que debe acompañar a toda decisión de las autoridades públicas; como tampoco que el ejercicio de las facultades discrecionales se encuentren exentas del control judicial.
                   El día 15 de noviembre de 2012 me presento con la escribana María Leticia SUED DAYAN, Titular del Registro Notarial N° 254 en Sarmiento 329 planta baja ante el servicio médico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos conforme había sido citada. En dicha oportunidad y conforme surge del acta notarial N° 015551377 en oportunidad de comparecer a dicho servicio médico el Director del Mismo me informa que no puede justificarme la licencia porque según constancias del sistema no pertenezco mas al Ministerio. Asimismo nos indica que aguardemos a alguien del sector Jurídicos. Con posterioridad una empleada del sector y el Director nos muestra una pantalla donde surgen mis datos mi fecha de ingreso y como fecha de egreso del Ministerio el 31 de octubre.
                   En dicha oportunidad (15 de noviembre de 2012) el Dr. David Azulay director del servicio médico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación manifiesta que no puede justificar mi licencia por enfermedad debido a que en el programa informático ADMAGE de la Dirección General de Recursos Humanos figuro como egresada de este Ministerio con fecha 31/10/2012. Manifiesto mi asombro ya que no había sido debidamente notificada de ninguna decisión en ese sentido, encontrándome además de licencia médica. Con motivo de la negativo del Servicio Médico de recibir me certificado, lo ingresamos en la Mesa General de Entrada con el acta de notificación.
                   Ahora bien, mediante expte 57252/2012, iniciado el 13 de noviembre de 2012, se dispuso la designación de Susana Graciela Junqueira como Directora del Registro Nacional de Sociedades, a partir del 1 de noviembre de 2012. Dicho expte adolece de múltiples irregularidades que fueron denunciadas en sede penal. Así cabe mencionar la falsedad en las declaraciones juradas, la falta de desempeño efectivo del cargo, un apto medico totalmente desactualizado atento hallarse en condiciones de jubilarse la funcionaria nombrada (año 1972).
                   Mediante decreto 1430/13 del 18 de septiembre de 2013 se designa en el cargo de Directora del Registro Nacional de Sociedades de la Inspección General de Justicia y por el termino de 180 días hábiles administrativos a Susana Graciela Junqueira desde el 1 de noviembre de 2012 aún cuando por entonces se desempeñaba como jefa del Departamento de Denuncias y Fiscalización de Sociedades Comerciales. Es decir que pasó a ocupar dos cargos y, además, cobró de manera retroactiva un segundo salario en la función pública, algo que está prohibido por ley. Esta designación es a todas luces nula, en virtud de la declaración jurada de Junqueira en la que afirmó que su eventual designación no vulneraba la ley marco de Regulación del Empleo Público, aún cuando la incumple, ya que supera la edad prevista en la ley previsional para acceder a la jubilación.
                   Por ese mismo motivo, Junqueira obvió someterse a un nuevo análisis de aptitud psicofísica. Por el contrario, presentó un certificado fechado en 1979, es decir, de hace 34 años, cuando accedió por primera vez a la administración pública. Sin embargo, no fueron las únicas inconsistencias. Junqueira también juró que no se encontraba en ninguna de las incompatibilidades previstas por el decreto 8566/61, que establece el régimen para acumulación de cargos y funciones en la administración pública. Pero en ese momento -y durante los meses subsiguientes- continuó como jefa del Departamento de Denuncias.
                   Los delitos perpetrados en el marco de esta designación fue denunciado ante el Juzgado Nacional en lo criminal y correccional Federal n° 9 secretaria N° 17 causa 10241/13.
                   Pero todavía VS podrá apreciar un nuevo dato llamativo que evidencia de manera contundente como se vulneraron mis derechos en todos estos meses: Todos los decretos de prórroga de mi designación tramitan bajo el expte. EXP-S04:0008329 y el 10 de febrero de 2012 se dispuso impulsar la prorroga en mi designación, siguiendo el expte su curso normal para este tipo de designaciones. Es decir la prorroga de mi designación había sido impulsada por las misma Superioridad que de manera ilegitima arbitraria y movilizada por razones políticas, dispone mi baja. Así según puede comprobarse desde el 3 de abril del 2012 la referida prorroga se encontraba en Presidencia de la Nación, pero el 2 de julio la Directora General de Recursos Humanos del MJyDDHH Dra. Blanca Maria Hernandez solicita la devolución del referido expte para ser remitido a la IGJ. El 29 de octubre de 2012 Berner indica que mi prorroga será hasta el dia 31 de octubre de 2012 y a partir de esa fecha impulsa la designación de la Dra. Susana Graciela Junqueira, dictándose en consecuencia el decreto  601/2013 del 27 de mayo de 2013 (que aquí se impugna).
                   Notificada del decreto 601/13 que dispuso el cese en mis funciones al 31 de octubre de 2012, pero dictándose el mismo recién el 27 de mayo de 2013 y notificándose el 5 de junio, presente recurso de reconsideración el 19 de junio de 2013 (expte S04:0029332/2013), fundando el mismo en la nulidad absoluta y manifiesta del mencionado decreto, el cual carecía de causa, objeto y motivación. Sin embargo, el 10 de febrero de 2014 se dicta el decreto 359/14 el cual desestima el recurso de reconsideración, considerando que el decreto impugnado (menor al habitual) no transgrede la normativa aplicable atendiendo a razones de oportunidad, merito y conveniencia, tratándose de una medida comprendida dentro de las facultades discrecionales que posee la titular del Poder Ejecutivo Nacional sin que se advierta arbitrariedad en el ejercicio de dicha facultad.

                   Todo lo que aquí reseño fue declarado en diversas causas penales abiertas con motivo de diversos delitos ocurridos en el ámbito de la IGJ en trámite por ante el Juzgado Nacional en lo criminal y correccional Federal n° 1 secretaria N° 2  causas 6605/12 13424/12 y 7311/13

sábado, 30 de agosto de 2014

Así protegía la IGJ (con la cámpora) a Boudou

                   Mi relación laboral con la Inspección General de Justicia comenzó en febrero del 2004, cuando todavía era estudiante de derecho. Arme toda mi carrera en ese organismo, desempeñándome en diferentes oficinas y tal como puede comprobarse en mi legajo nunca falte por enfermedad ni tuve sanciones disciplinarias.
                   En febrero del 2010 mediante el decreto 172/2010 me designan Directora del Registro Nacional de Sociedades, lo cual implicaba a modo de síntesis: Organizar y llevar el Registro Nacional de Sociedades, creado por la Ley Nº 26.047; Coordinar con los organismos provinciales competentes, las tareas que fueren necesarias para el cumplimiento de los fines que prescribe la Ley Nº 26.047; Entender en los pedidos de informes formulados por el Poder Judicial y los distintos organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal y las entidades privadas en cuanto fueren pertinentes.
                   A fines de 2011 me informan que el Sr. Gustavo Varela iba a desempeñar el cargo de Subinspector General de Justicia. Me sorprendió que no haya sido designado por decreto del Poder Ejecutivo pero desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación se argumentaba que era una cuestión de días su designación. A pesar de esta grave irregularidad que nunca fue subsanada, siempre me dirigí hacia él como si efectivamente poseyera el cargo que ostentaba. Así se presentaba y daba órdenes en todo el organismo. Tal grave irregularidad (el Sr. Varela nunca fue designado) y el aval de mis superiores tanto en IGJ como en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, me obligaba a mentir a terceros presentándolo con un cargo que el mismo no poseía. En realidad su función tenía que ver con cuestiones políticas más que técnicas y a él debía reportarse todas los hechos vinculados políticamente.
                   Poco tiempo después de su arribo y a raíz de mi incomodidad de tener que presentarlo ante autoridades provinciales como si tuviera un cargo el cual nunca se lo había designado, o tener que brindarle exptes y documentación de la IGJ, comenzó su hostigamiento, buscando evidenciar un supuesto incumplimiento de mi trabajo, con amenazas encubiertas a fin de lograr someterme a sus caprichos. Pero con el paso del tiempo, y al contrario de lo que yo pensaba, fue aumentando sus malos tratos, sus persecuciones y sus acosos hacia mi persona. Muchas veces me sentí agobiada, perdida, y con miedo por perder mi fuente de trabajo.
                   Cabe agregar que por expte N°1110/2012 se propuso designar al Sr. Gustavo Varela como subinspector General de Justicia, presentándose el nombrado el 20 de julio de 2012 y renunciando a la propuesta de ocupar el cargo. Es decir, ocupó un cargo por casi 8 meses y nunca fue designado en el mismo.
                   Esto puede comprobarse mediante el acta de constatación de fecha 16 de noviembre de 2012 (escritura N° 58) del Registro N° 254 de la escribana María Leticia SUED DAYAN en relación a los mails del Sr. Gustavo Varela desde una casilla oficial de la IGJ, firmando como subinspector general de justicia, mencionando a funcionarios del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, solicitándome exptes, presionándome para que vote en las elecciones del Colegio de Abogados por una lista de su simpatía, reiterándome varias veces pedidos sobre el mismo tema que yo ya había cumplido, encargándome tareas propias de una secretaria-tales como le reserve pasajes en micro- etc..
                   Pero el acoso sufrido no se limitó solamente al Sr. Varela, sino que también se sumo el del Inspector General Norberto Berner, quien asume a fines de mayo de 2012 e inmediatamente dicta las circulares N° 1 y 4 del 2012 que dispuso un cepo informativo en relación a la información obrante en el Registro Público de Comercio en la IGJ. Este cepo fue dispuesto con motivo de los pedidos de informes que se suscitaban en relación al caso Ciccone y/o cualquier sociedad relacionada con el vicepresidente de la Nación. Así intentaban obligarme a denegar información con un criterio arbitrario e ilegitimo sin ningún tipo de aval jurídico ya que yo era el funcionario que debía tomar estas decisiones conforme mis funciones y responsabilidades. Al respecto, se acompañan recortes periodísticos que avalan mis dichos.
                   Al negarme a adoptar estas circulares por ser ilegitimas aumento el acoso y el hostigamiento. Berner no contestaba mis mails ni mis llamados, ni tampoco mis pedidos de audiencia. Se trataba de mi superior jerárquico inmediato con lo cual el trato debía ser diario a fin de trasladarle las novedades de la dirección a mi cargo y recibir sus instrucciones. Me di cuenta que el contenido de todas las maquinas en las cuales yo tenía acceso eran observadas y me fueron separando una a una de todas las actividades que venía desempeñando, dejándome formalmente la conducción pero en los hechos sin ningún tipo de intervención. Esto aumentaba mi grado de stress ya que las responsabilidades seguían siendo mías y yo me veía obligada a firmar actuaciones en los cuales nadie había escuchado mi opinión ni mis advertencias, arriesgándome a consecuencias graves para mi persona.
                   Así llegue a un nivel de stress y de angustia nunca antes vivido, cada día me costaba muchísimo ingresar al trabajo, sentía que me ahogaba, que me iba a morir ahí adentro, me confundía constantemente y sentía que no servía para nada. Comenzó a repercutir en mi salud con alergias constantes, síntomas gripales, fluctuaciones en el peso, entre otros.      
                   Hasta que el día 21 de junio me retire de la oficina con una crisis nerviosa producto de que una asesora de Berner (Analia Spatola) irrumpe en mi oficina y me recrimina haber enviado a intimar a la sociedad The Old Fund. Esta última sociedad presentó su declaración jurada de datos sociales y allí dejo constancia de que adeudaba el pago de tasas y la presentación de estados contables ante la IGJ, por lo que el procedimiento habitual era su envío al departamento correspondiente para intimar su cumplimiento. Spatola me insultó y amenazó con informar esta situación a Berner quien tomaría represalias conmigo. En un estado de nervios, me retire de mi trabajo y fui a al centro médico Nomed de mi obra social (accord salud), atendiéndome un psiquiatra de guardia quien me diagnostico trastorno de ansiedad con recaída aguda, indicándome reposo por 7 días, recentándome dosis de clonazepan. Como los síntomas no disminuían ni la angustia, volví a ser atendida el 26 de junio recetándome un antidepresivo.
                   El acoso se agudizó y continúo en mi periodo de licencia. Repartieron las pocas funciones que me quedaban a cargo de otras personas quienes daban nuevas directivas, cambiando circuitos con planes a largo plazo. Por otra parte, se le dio el traslado a todo el personal que se desempeñaban en la Dirección a mi cargo (secretaria, asesores, etc) y en el espacio físico donde desempeñaba mis funciones ubicaron áreas nuevas. En fecha 11 de septiembre del 2012, en oportunidad de presentarme al servicio médico a renovar mi licencia, se me notifica que el día 27 de septiembre debía concurrir al Departamento de Salud Ocupacional del Ministerio de Salud Pública, sito en la calle Ramón Carrillo 489 de esta Ciudad, a fin de que se me realizara Junta Médica para psicodiagnostico. Después de concurrir durante 3 días (en dos oportunidades me evaluaron psicólogos y la ultima psiquiatras) se me informa en dicha dependencia del Ministerio de Salud, que se iba a aconsejar renovarme la licencia atento el resultado del psicodiagnostico; ello hasta que me encuentre en condiciones de volver a trabajar; o bien mi psiquiatra solicite un traslado de ámbito laboral.
Así las cosas, citada en el servicio médico del Ministerio de Justicia para el día 19 de octubre se me concede licencia médica hasta el 14 de noviembre. De mi legajo medico surge la ausencia de licencias durante toda mi relación laboral, comenzando mi licencia el mes de junio de 2012 por trastorno de ansiedad y stress laboral. La última licencia acordada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos data del 14 de octubre y se extendía hasta el 14 de noviembre de 2012. Sin embargo, desconociendo el periodo de licencia concedido y los certificados médicos, me dejan cesante mediante un acto totalmente arbitrario.

viernes, 22 de agosto de 2014

Imprecisiones en una respuesta de la IGJ

El  Ministerio de Justicia negó ayer "categóricamente" que la Inspección General de Justicia (IGJ) haya participado en "supuestas maniobras de adulteración de documentación" de la sociedad The Old Fund para proteger al vicepresidente Amado Boudou, y acusó a la nacion de abordar con "ligereza y desinformación un tema de suma relevancia institucional".
Desde el Ministerio que conduce Julio Alak indicaron que fue la propia IGJ la que detectó el extravío "de un trámite", ordenó su reconstrucción y abrió un sumario para determinar las responsabilidades.
Sin embargo, el propio jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, indicó que la IGJ extravió un "expediente" -no un "trámite"- en su último informe a la Cámara de Diputados, en tanto que el Ministerio omitió precisar que la desaparición ocurrió luego de que estallara el escándalo del caso Ciccone y que la IGJ lo detectó a raíz de los pedidos de informes que presentaron legisladores y periodistas, ante quienes estableció y mantiene un "cepo" informativo.
Según el Ministerio, la reconstrucción "fue concluida en un breve lapso", en base a las copias del material desaparecido que conservaba la propia IGJ, por lo que indicó que "no fue necesario requerir documental en poder de la sociedad".
El Ministerio omitió detallar que en los protocolos digitales de la IGJ no estaba toda la información necesaria para la reconstrucción. Faltaron las publicaciones en el Boletín Oficial, el dictamen precalificado, el dictamen contable referido al aumento de capital y a la prima de emisión, los formularios y las propias observaciones que cursó la IGJ, entre otros pasos.
Para el Ministerio, la "versión periodística" que se publicó en la edición del lunes es "falsa y malintencionada", al tiempo que sostuvo que el organismo respetó el "proceso de legalidad". También indicó que no le corresponde a la IGJ analizar "supuestas irregularidades" antes de la inscripción de trámites.
Sin embargo, el Ministerio omitió, entre otros puntos, que el abogado por The Old Fund, Alberto Chamorro Hernández, transcribió el 6 de julio de 2010 una asamblea que ocurrió casi cuatro meses después -y se inscribió igual-, ni que se publicó el cambio de sede después de iniciado el trámite en la IGJ, cuando es un requisito previo.
Asimismo, la IGJ debe efectuar el control de legalidad sustancial -no sólo formal- de los instrumentos que se presentan para su inscripción, por lo que debe adentrarse en el negocio jurídico subyacente y, para eso, puede solicitar copias certificadas de libros u otra información complementaria.
Por último, desde el Ministerio indicaron que la ausencia de "hilos o pelos" en la foja de seguridad de los documentos "obedece a que la reconstrucción se realizó a partir de copias digitalizadas". En rigor, la nacion publicó que Alejandro Vandenbroele presentó ante la Justicia -no ante la IGJ- una copia inscripta de The Old Fund a la que le faltaban los "hilos o pelos".

http://www.lanacion.com.ar/1720379-imprecisiones-en-una-respuesta-de-la-igj

jueves, 21 de agosto de 2014

La IGJ y los casos de corrupción

Trabajo sucio y a medida

Antes se trataba de hacer la vista gorda: los funcionarios encargados de controlar sencillamente se distraían por un momento. En el momento preciso. Ahora se ha escalado. En vez de dejar pasar, o mejor sería decir: además de dejar pasar, directamente truchan documentos.
La historia la reveló ayer en La Nación Hugo Alconada Mon y pasó en la Inspección General de Justicia, que depende en los papeles del ministro Alak y en los hechos de La Cámpora. Y todo en el legajo de The Old Fund, el fondo fantasma que se apropió de Ciccone. Se perfecciona lo de la vista gorda pero, por lo visto, se perfecciona imperfectamente.
Poco después de que estallara el escándalo a comienzos de 2012, el legajo de The Old Fund desapareció de la IGJ.
¿Por qué se lo robaron? ¿Cómo? ¿Quién? Respuesta oficial: No sabe/no contesta.
El expediente debió ser reconstruido. Y por apuro o por impunidad o por ambas cosas, aparecen una docena de fechas, firmas y domicilios que no coinciden. ¿Aparecen? No: fueron sacadas a la luz (ver pág. 14).
Las truchadas tienen que ver con la constitución de The Old Fund, que antes de entrar a Ciccone había entrado a la endeudada Formosa por un supuesto asesoramiento para desendeudarla con el Ministerio de Economía, a cargo entonces de Boudou.
Perlas negras de la carpeta reconstruida de Ciccone. Una: Vanderbroele pasa de accionista a presidente de The Old Fund mediante una tachadura. Si era accionista, era dueño y Boudou decía que no podía ser su testaferro porque era un simple empleado. Otra: en febrero de 2012, el mismo inquilino de Boudou en Puerto Madero certifica ante una escribana una asamblea de 2009. ¿Qué había pasado en aquella asamblea que intentaba ocultar de urgencia tres años después?
En junio de 2013, la directora del Registro Nacional de Sociedades de la IGJ denunció irregularidades en el control de los casos más sensibles para el Gobierno, como Ciccone, la Fundación de las Madres y las sociedades de Lázaro Báez.
Silvina Martínez tenía a su cargo el área de oficios judiciales. Dijo que el organismo estaba “manejado por el miedo. Las denuncias consideradas complicadas eran frenadas”. Y que alertó a los jefes de la IGJ Berner y Varela, al subsecretario de Justicia Kreplak y hasta al ministro Alak.
“Nadie me contestó nunca”. Se equivocaba: le contestaron echándola.
En esos días, Clarín pidió a la Inspección de Justicia información pública sobre Ciccone. La respuesta fue un cepo informativo que aún se mantiene y que se extendió al Registro Público de la Propiedad.
Nunca pasó en democracia. El bloqueo fue decidido por Kreplak, integrante del fracasado jury al fiscal Campagnoli.
¿Qué se puede esperar de un organismo que está para fiscalizar y no fiscaliza a los amigos del Poder? Se puede esperar esto que pasa.
http://www.clarin.com/opinion/Trabajo-sucio-medida_0_1196280407.html#

miércoles, 20 de agosto de 2014

La IGJ y Boudou II

Dudas y sospechas que fueron ignoradas

s folios de seguridad que utiliza la Inspección General de Justicia (IGJ) tienen unos hilos o "pelitos" que son fáciles de detectar con algo tan sencillo como una fotocopiadora. Al sacar una copia del original, los "pelitos" aparecen por todo el folio. Si no, la autenticidad de ese folio queda bajo sospecha. Y así ocurre en al menos dos documentos clave de The Old Fund que Alejandro Vandenbroele presentó a la Justicia.
Uno de esos folios cuestionables aparece en la irrupción de la sociedad uruguaya Dusbel como accionista de The Old Fund. Otro más, cuando el misterioso fondo cambió su sede, que se inscribió en la IGJ el 6 de marzo de 2012, un mes después de que estalló el caso Ciccone.
Los cambios de domicilio son un verdadero dolor de cabeza para The Old Fund. No tanto por las suspicacias que puedan generar esos domicilios en sí, sino porque desnudan la laxitud con que la IGJ controló -si lo hizo- esos movimientos, lo que se repitió en la Dirección de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires
Así, por ejemplo, The Old Fund notificó uno de sus cambios de domicilio a la IGJ el 8 de noviembre de 2010, pero sólo se publicó nueve días después en el Boletín Oficial, aun cuando esa publicación es un requisito previo -no posterior- para la presentación de ese trámite ante la IGJ.
Más grave, según las copias hoy disponibles, la sociedad uruguaya Dusbel tomó el control del 50 por ciento de The Old Fund en octubre de 2010, pero sólo ocho meses después se registró como impone la legislación argentina. Se inscribió en el organismo bonaerense.
Pero las dudas alrededor de Dusbel exceden las fechas en sí. El abogado y ex inspector de la IGJ Albert Chamorro Hernández actuó como el representante de Dusbel en la asamblea del 29 de octubre de 2010, en la que la sociedad uruguaya adquirió la mitad del paquete accionario de The Old Fund. Pero, según los registros disponibles en Montevideo que cotejó LA NACION, Chamorro sólo asumió esa representación el 13 de junio de 2011. ¿El especialista en derecho societario actuó por Dusbel sin estar autorizado? ¿O se antedató el ingreso de Dusbel?
Chamorro mostró más problemas en el manejo de las fechas. Al presentar ante la IGJ su informe sobre esa asamblea de octubre de 2010, afirmó bajo juramento que transcribió lo ocurrido el 6 de julio de ese año.
De ser así, escribió sobre una asamblea que recién ocurrió tres meses y medio después. ¿O quizá la asamblea ocurrió en julio de 2011, es decir, cuando él realmente quedó autorizado como representante de Dusbel? ¿Acaso luego se intentó antedatar todo -y mal- a 2010?
LA NACION intentó consultar a Chamorro, pero no respondió la llamada. En tanto, para la IGJ no hay polémica alguna alrededor del legajo societario de The Old Fund.
El 26 de abril de 2012, el entonces titular del organismo, Marcelo Mamberti, firmó la resolución 618, con la que dio por concluida la "reconstrucción del trámite extraviado".
Al ser desplazado por La Cámpora de la IGJ, el vicepresidente Amado Boudou firmó su designación como asesor en el Senado, con la categoría más alta. Por resolución DP-0720/12, quedó bajo el ala de Aníbal Fernández.
http://linkis.com/www.lanacion.com.ar/0Hk7g

martes, 19 de agosto de 2014

La IGJ y Boudou

Alteran datos oficiales de The Old Fund para proteger a Boudou

sábado, 9 de agosto de 2014

La IGJ en twitter en Julio....