En
lo que respecta a la denuncia presentada por la Diputada Andrea Garcia, aclaro
varios puntos, que la desvirtúan por completo:
·
En
primer lugar, nunca fui perito en causa alguna. Quien posea conocimientos mínimos
jurídicos, sabe que para ser perito en una causa judicial, debe estar
previamente inscripta en un registro y se sortea.
·
Nunca
dirigí la IGJ, sino que fui Directora del Registro Nacional de Sociedades.
·
La justicia no se expidió sobre mi despido de
la IGJ y mi reposición al cargo. En el amparo que fuera iniciado, se resolvió que
era una cuestión que requería mayor debate y prueba y excedía el acotado marco
del amparo. Por eso, tengo iniciado juicios ordinarios que se encuentran en trámite.
·
La desaparición
de los extes de las sociedades relacionadas con el caso Ciccone no ocurrieron
en áreas bajo mi responsabilidad, sino que el último destino de la documentación
era el archivo (dependiente de la Delegación Administrativa). Se puede
comprobar solicitando copia de la estructura del organismo y de las
competencias. Tampoco tuve intervención en la reconstrucción de dichos exptes,
la cual se efectuó en forma irregular ocultando información vital para la investigación
judicial del caso Ciccone. Tampoco el personal que reportaba a mi persona
reportaba al área Archivo ni tuvo intervención en la reconstrucción. Puede
comprobarse mis dichos, ya que no firme ninguna actuación vinculada a la búsqueda
y reconstrucción de dicho exptes.
·
Reitero
que ninguno de los delitos e irregularidades que denuncie desde el año 2012
ocurrieron en ámbitos de mi competencia. Y siempre anoticie a las autoridades
competentes administrativas y judiciales todas las irregularidades y delitos en
el ámbito de la IGJ.
·
No
fui yo quien adverti la perdida de los exptes del Caso Ciccone, ya que tal como
surge de las resoluciones de reconstrucción de dichos exptes.
Tampoco se encontraban en las áreas a mi cargo sino en el archivo. La reconstrucción
de dichos exptes se llevó a cabo por personal de la Oficina Judicial,
dependiente de la Unidad Inspector General. No intervine en dichas
reconstrucciones ni en ninguna. El personal que efectuaba la reconstrucción no
me reportaba ni estaba bajo mi conducción.
·
De
la resolución N° 14/2013 que ordena el inicio del sumario con relación a la
perdida de los exptes de The Old Fund SA se menciona que el Director de
Sociedades Comerciales requirió el 23 de marzo de 2012 las actuaciones de The
Old Fund SA al rea Mesa de Entradas y Archivo. Y el responsable de Archivo
informo que el trámite no pudo ser localizado. Conforme el sistema informático
del Organismo, el expte se encontraba en el área Archivo desde el día 29 de octubre
de 2011. Ninguna de las áreas mencionadas ni el personal dependía de mi ni tuve
intervención en las actuaciones, tal como se prueba con la resolución mencionada.
Mediante Providencia 585/2012 el Director de Sociedades Comerciales remite las
actuaciones al Departamento de Asuntos judiciales a fin de reconstruir el
tramite extraviado; departamento que efectuó la reconstrucción. La res.
618/2012 tuvo por reconstruida las actuaciones extraviadas. Este trámite
constaba de 22 fs al momento de su perdida. Pero la reconstrucción del trámite
consta de 3 fojas, faltando 19 fojas. Se reitera: no participe en ninguna de
las actuaciones vinculadas a The Old Fund ni a su reconstrucción.
·
Que
por resolución N° 314/2012 se tuvo por reconstruido el trámite correspondiente
a la sociedad COMPAÑÍA DE VALORES SUDAMERICANA SA, el cual se encontraba
extraviado. Dicho trámite se encontraba en el área archivo desde el día 1 de
febrero de 2003. La reconstrucción también se llevó a cabo en el Departamento
de Asuntos Judiciales de la IGJ. Ninguno de los deptos. Mencionados estaban
bajo mi competencia ni responsabilidad ni el personal que allí se desempeñaba respondía
a mis órdenes.
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