viernes, 29 de noviembre de 2013

¿Que pasa en la Administración pública con las denuncias de acoso laboral?

Después de la denuncia que efectué por acoso laboral se abrió un expte, el cual no cumplió con el procedimiento establecido por el reglamento de investigaciones administrativas, dilatándose en el tiempo las actuaciones, pasando 1 año desde la denuncia sin informe concreto ni medidas conducentes. Abunda la falta de orden cronológica, una de las personas denunciadas es quien da las órdenes en las actuaciones y ordena mi cese. Por otro lado, la Oficina Judicial de la IGJ, dependiente de las personas denunciadas, es el departamento que se encarga de la instrucción, cuando debió ser la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio. Se equivoca el objeto de la instrucción sumaria, toda vez que las irregularidades ocurrieron en la IGJ y no en la Dirección del Registro Nacional de Sociedades como menciona equívocamente el Subsecretario de Coordinación y Control de Gestión Registral. Mas importante aún, las actuaciones deberán elevarse a la Procuración del Tesoro, quien es el organismo competente para entender en las presentes (art. 7 decreto 467/99). Ya efectué planteo de nulidad del proceso llevado a cabo, toda vez que no se cumplió con el procedimiento establecido por el reglamento de investigaciones administrativas, dilatándose en el tiempo las actuaciones, pasando 1 año y medio desde la denuncia sin informe concreto ni medidas conducentes. En este lapso las dos personas por mi denunciadas dejaron de prestar servicios en el Ministerio de Justicia y derechos Humanos y fueron premiados con cargos mas altos dentro de la Administración Publica. 


miércoles, 27 de noviembre de 2013

Hay quienes cobran por cargos no desempeñados...hay quienes no cobran lo que les corresponde...

El 29 de julio del corriente solicite informe sobre el deposito realizado en la cuenta sueldo del Banco Nación Argentina discriminando los rubros. En fecha 9 de agosto del corriente se me informó la liquidación final adjuntándose copia del informe efectuado por el Departamento de Contabilidad, copia del respectivo recibo, del dictamen de la Dirección General de Recursos Humanos, nota del Inspector General de Justicia en relación a las vacaciones pendientes.
Ahora bien, la liquidación efectuada adolece de graves errores en los cálculos. En lo que hace al sueldo anual complementario, cabe destacar que la ley 23.041, cuyas prescripciones declara de orden público, derogando todas las disposiciones que se le opongan (art. 2), establece en su art. 1 que "El sueldo anual complementario en la actividad privada, Administración Pública Central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del Estado, será pagado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
Su decreto reglamentario 1078/1984 precisa que "La liquidación del Sueldo Anual Complementario, en virtud de lo determinado por el art. 1 de la ley 23.041, será proporcional al tiempo trabajado por los beneficiarios en cada uno de los semestres en que se devenguen las remuneraciones computables" (art. 1). Que "En todos los casos la proporcionalidad a que se refiere el artículo anterior se efectuará sobre la base del 50% de la mayor remuneración mensual nominal devengada por todo concepto en el semestre que se considere" (art. 2). Y que "El cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro del semestre respectivo, deberá efectuarse sobre el total de las retribuciones que corresponde computar, de acuerdo con las disposiciones en vigor, para la liquidación del Sueldo Anual complementario" (art. 3).
Posteriormente se dictó el decreto 1056/2008 que: "A efectos de establecer la base de cálculo para liquidación del Sueldo Anual Complementario para el personal de la Administración Pública central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y empresas y sociedades donde el Estado tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias se deberán considerar todos los conceptos de naturaleza remunerativa de conformidad con lo dispuesto por el art. 1 de la ley 23.041 y el decreto 1078 de fecha 06/04/ 1984".
El aguinaldo o sueldo anual complementario (SAC) es “un salario diferido”, lo que significa que devenga día a día y se abona en dos épocas del año. A los efectos del cálculo del aguinaldo deben computarse tanto las remuneraciones principales, como las complementarias, las que deben ser valorizadas a este fin.
La expresión “Tiempo Trabajado” empleada por el artículo 1º del Decreto 1078/84, debe interpretarse como inclusiva del período en el que el trabajador prestó servicios, ofreció prestarlos o se encontró eximido de hacerlo, y siempre que hubiera devengado remuneración. (Ackerman Mario: Reglamentación de la Ley 23.041- LT.378 – página 497 – 1984). Los períodos durante los cuales no se prestaron servicios, pero en los que al empleado le correspondió percibir su remuneración por disposición de la Ley, como las licencias por enfermedad, accidentes y vacaciones, deben computarse como tiempo trabajado.
En mi caso se tomo como base la menor remuneración percibida en el semestre; esto es la del mes de octubre y no la mayor remuneración del periodo como exige la ley.
En cuanto al pago de la licencia anual ordinaria no gozada cabe destacar que el decreto 3413/79 establece que Al agente que presente renuncia a su cargo o sea separado de la Administración Pública Nacional por cualquier causa, se le liquidará el importe correspondiente a la licencia anual ordinaria que pudiera tener pendiente de utilización, incluida la parte de licencia proporcional al tiempo trabajado en el año calendario en que se produzca la baja. La licencia anual ordinaria no utilizada deberá abonarse, establece el mencionado decreto.
En fecha 22 de octubre me notifico de la nota S04: 80972/2013, mediante la cual se reconoce que fue calculado erróneamente el Sueldo Anual Complementario, rectificándose dicho calculo. Asimismo se informa que de acuerdo al dictamen N° 1811/2004 de la Oficina Nacional de Empleo Público, la licencia usufructuada se abona en base a la categoría que revistaba a su egreso y a la remuneración de la misma. Adviértase que se interpreta erróneamente el dictamen citado, toda vez que conforme surge de la copia acompañada el caso que lo motivo se trata de una ex agente que durante los últimos meses antes de jubilarse había perdido la Función Ejecutiva. Y concluyen que si la agente hubiera gozado de la licencia anual ordinaria no percibiría el suplemento en cuestión; citando la Resolución SFP N° 25/89 “ en el sentido de que la remuneración que debe abonarse al agente por el periodo de la licencia anual ordinaria es la que le corresponde como si hubiera efectivamente prestado servicio en ese lapso”.
En mi caso yo no perdí la función ejecutiva sino que tal como establece el artículo 86 del Convenio Colectivo de Trabajo sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) (aprobado por decreto 2098/2008) la falta de ejercicio del cargo con función ejecutiva o de jefatura producto de las inasistencias en las que incurriera el titular habilitado para percibir el suplemento por FUNCIÓN EJECUTIVA o por FUNCIÓN DE JEFATURA, por un periodo superior a los sesenta (60) días corridos, exceptuando el lapso correspondiente a la licencia anual ordinaria, serán descontadas del suplemento respectivo. Así se reconoce la Función Ejecutiva en los sucesivos decretos dictados en relación a mi nombramiento y en el recibo de liquidación pertinente donde se manifiesta mi categoría.
Por otra parte  del recibo surge que se retuvo por el periodo 12/12 $3326,05 de impuesto a las ganancias. Sin embargo, conforme surge de la pagina web de la AFIP, CONSULTA DE MIS RETENCIONES IMPOSITIVAS el Ministerio consigno que me devolvió la suma de $2147,32  hecho que no ocurrió. 
                   

martes, 26 de noviembre de 2013

Feliz cumpleaños IGJ...

El 21 de noviembre, la IGJ conmemoró sus 120 años. Desde 1981, el organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, celebra como una tradición institucional, el Día de la Inspección. 


viernes, 22 de noviembre de 2013

El Inspector General de Justicia declaro ingresos por 85.000 pesos mensuales

Inspector con altos ingresos. El militante que Cristina Fernández nombró en la IGJ para controlar los pedidos judiciales contra funcionarios de la Rosada es Norberto Carlos Berner, a quien Elisa Carrió acusó de "encubridor" por el caso Ciccone de Amado Boudou.
Berner posee un patrimonio en la media de los jefes de La Cámpora: $492.153 al 31 de diciembre de 2012, según la declaración que presentó a la AFIP y que divulgó la OA. Sin embargo, el fuerte de Berner -al igual que sus compañeros de militancia- no es su patrimonio en el que no se incluyen los valores reales o de mercado de los bienes, sino sus ingresos anuales, que no se computan en aquel.
El director de la IGJ tuvo ingresos netos por $1.093.799 el año pasado, sin mencionar ingresos del sector privado y su paso como director administrativo en el Ministerio de Desarrollo Social de Alicia Kirchner. Con esto, su sueldo mensual en 2012 superaba así los 85.000 pesos. Lo llamativo de Berner es que a inicios de 2012 le debía 400.000 pesos a Telecom, aunque no menciona ningún otro vinculo comercial o societario con la telefónica en toda su presentación.

lunes, 18 de noviembre de 2013

IGJ UNA DESMENTIDA QUE ENTIERRA

IGJ - una desmentida que entierra (respuesta de Hugo Alconada Mon)

La verdad sea dicha. Durante este fin de semana desconecté el cerebro. Ergo, recién ahora comienzo a reengancharme con mi oficio. Por eso, a su vez, recién ahora abordo el intento de desmentida de mi última nota sobre unos "premios" en la IGJ  que el Ministerio de Justicia difundió a través de la agencia oficial Télam.

Para mayor simpleza, a continuación incluyo el cable en minúsculas  y algunas aclaraciones EN MAYÚSCULA para facilitar la lectura.

El Ministerio de Justicia desmintió una nota publicada por el diario La Nación en la que se señala que personal de la Inspección General de Justicia habría percibido un "polémico premio" de medio millón de pesos, al catalogar la versión como "terminante y manifiestamente falsa". Desde la cartera que conduce Julio Alak afirmaron que, al contrario de lo publicado por La Nación, "los funcionarios involucrados integran la planta de la IGJ desde hace décadas y, como tantos otros que ascendieron a un cargo ejecutivo, percibieron las sumas adicionales correspondientes a la nueva función, muy inferiores a las señaladas.

SIN EMBARGO, EL DECRETO DE DESIGNACIÓN NO DICE ESO, NI ASÍ TAMPOCO EL EXPEDIENTE HABLA DE ASCENSO EN NINGÚN MOMENTO. ERGO, O DIBUJARON EL EXPEDIENTE (CUYA COPIA TENGO) Y EL DECRETO O DIBUJARON EL COMUNICADO.


En ese sentido, se señaló que Susana Graciela Junqueira, quien tiene una antigüedad de 24 años en el organismo y es mencionada en la nota de La Nación, "fue designada en el cargo de Directora del Registro Nacional de Sociedades de la IGJ con carácter retroactivo al 1° de noviembre de 2012, razón por la cual percibió retroactivamente a esa fecha el adicional por función ejecutiva correspondiente a ese cago, de conformidad con lo establecido por el decreto 2098/08, que en el caso concreto alcanzó la suma total de 174.520,07 pesos netos".

LA ANTIGÜEDAD NO ES DE 24 AÑOS SINO DE 34. ¿POR QUÉ? PARA QUE NO PAREZCA QUE ESTÁ EN EDAD DE JUBILARSE. MÁS AÚN: JUNQUEIRA TIENE UNA LETRA C10 (ASÍ SURGE DEL EXPEDIENTE) Y AHORA LE DAN POR DECRETO UNA B0 CON FUNCIÓN EJECUTIVA. ES DECIR, QUE LE ASIGNAN FUNCIÓN. MÁS ALLÁ DE ESO, EL EXPEDIENTE NO HABLA DEL PAGO DE LA DIFERENCIA SINO DEL TOTAL Y QUE HAY PARTIDAS SUFICIENTE PARA ABONAR (EL DICTAMEN DE FS. 142 Y 143 HABLA DE LETRA)


Junqueira integra la planta permanente del organismo, al que ingresó el 6 de agosto de 1979. Con anterioridad a su ascenso se desempeñaba a cargo del Departamento de Denuncias y Fiscalización de Sociedades Comerciales. Cuenta además con vasta experiencia docente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, donde se desempeña como Profesora Adjunta Regular de la asignatura Sociedades Civiles y Comerciales", detallaron.

AL DETALLAR ESTO, NO OBSTANTE, ES MÁS LO QUE CALLA EL COMUNICADO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE LO QUE DICE. ¿POR QUÉ? PORQUE NADA DICE SOBRE LA EDAD DE JUNQUEIRA, QUE YA SE ENCUENTRA EN CONDICIONES DE JUBILARSE, NI SOBRE SUS DECLARACIONES JURADAS FALSAS.


En cuanto a la antigüedad de su certificado de aptitud física, señala el comunicado, "el régimen de empleo público sólo lo exije al ingreso del personal, no al producirse ascensos u otros desplazamientos internos dentro de la carrera administrativa, por lo que carecen de sentido las dudas al respecto".

SIN EMBARGO, ¿POR QUÉ LO AGREGARON AL EXPEDIENTE SI NO ERA NECESARIO? MÁS AÚN, TODOS LOS DICTÁMENES (DE LA OFICINA DE EMPLEO PÚBLICO; LEGAL Y TÉCNICA; MINISTERIO DE ECONOMÍA) SE REFIEREN A LOS CERTIFICADOS AGREGADOS COMO APTOS PARA EL INGRESO AL MINISTERIO. PARA HACERSE EFECTIVO EL ASCENSO DEBE ABRIRSE A CONCURSO EL REFERIDO CARGO. HOY ESTÁ DESIGNADA TRANSITORIAMENTE EN ESE CARGO Y LETRA.


Por otra parte, y en lo que respecta a la situación de la Contadora Cecilia García y del doctor Ariel Fernández Lang, el texto señala que "se desempeñaron hasta marzo de 2013 en la IGJ con carácter de contratados". "Anteriormente, a mediados de 2012 habían sido propuestos para integrar la planta transitoria del organismo por medio del correspondiente proyecto de Decreto Presidencial. En marzo de 2013 ambos renunciaron tanto al contrato que los ligaba a la IGJ como a la propuesta de nombramiento en la planta transitoria, razón por la cual su designación en tal carácter nunca se llevó a cabo", resalta el comunicado.

¿ENTONCES POR QUÉ SALIO EL DECRETO? O DICHO DE OTRO MODO, ¿DESIGNAN A UNA PERSONA QUE NO VA A DESEMPEÑARSE? ¿ACASO LE HICIERON FIRMAR AL VICEPRESIDENTE AMADO BOUDOU LAS DESIGNACIONES DE DOS PERSONAS QUE RENUNCIARON?


"Por otra parte, ninguna de las personas mencionadas ha ejercido más de una función simultáneamente y, de ningún modo, han incurrido en situaciones laborales irregulares".

SIN EMBARGO, EN DISTINTOS INSTRUMENTOS PÚBLICOS QUE FIRMÓ JUNQUEIRA (Y CUYA COPIA TAMBIÉN TENGO) CONSTA SU FIRMA COMO JEFA DE SOCIEDADES COMERCIALES EL 28 DE NOVIEMBRE Y 3 DE DICIEMBRE QUE ACREDITA QUE EJERCIÓ EL CARGO DE JEFA DE SOCIEDADES COMERCIALES. ENTONCES, ¿EN QUÉ QUEDAMOS?


Por esa razón, se puntualizó que "es de lamentar que con semejante liviandad se pretenda poner en duda la rectitud y honorabilidad de profesionales de reconocida trayectoria y mérito, además de intentar desbaratar el prestigio de una institución más que centenarias".

EL PRESTIGIO SE GANA Y SE PIERDE CADA DÍA. SI NO, ¿DE QUÉ SE TRATA EL "CEPO" INFORMATIVO, LOS RECLAMOS INSTITUCIONALES DEL COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS, LOS PLANTEOS FORMALES DE LOS GESTORES, EL FALLO DE LA CÁMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL, LA DESAPARICIÓN (O ROBO) DE LOS LEGAJOS DE THE OLD FUND, LONDON SUPPLY Y CICCONE CALCOGRÁFICA, LA APERTURA DE UNA INVESTIGACIÓN PENAL, ENTRE OTROS PERCANCES REGISTRADOS DURANTE LOS ÚLTIMOS DOS AÑOS?

MEJOR LO CIERRO ACÁ. ESTA SEMANA RECIÉN COMIENZA Y APENAS SI ME ESTOY REENGANCHANDO CON LA COBERTURA...

domingo, 17 de noviembre de 2013

Desmienten premios en la IGJ

Justicia 16 de noviembre, 22:26:00

Desmienten premios en la Inspección de Justicia

El Ministerio de Justicia desmintió una nota publicada hoy por el diario La Nación en la que se señala que personal de la Inspección General de Justicia habría percibido un "polémico premio" de medio millón de pesos, al catalogar la versión como "terminante y manifiestamente falsa".
Desde la cartera que conduce Julio Alak afirmaron que, al contrario de lo publicado por La Nación, "los funcionarios involucrados integran la planta de la IGJ desde hace décadas y, como tantos otros que ascendieron a un cargo ejecutivo, percibieron las sumas adicionales correspondientes a la nueva función, muy inferiores a las señaladas.
    
En ese sentido, se señaló que Susana Graciela Junqueira, quien tiene una antigüedad de 24 años en el organismo y es mencionada en la nota de La Nación, "fue designada en el cargo de directora del Registro Nacional de Sociedades de la IGJ con carácter retroactivo al 1° de noviembre de 2012, razón por la cual percibió retroactivamente a esa fecha el adicional por función ejecutiva correspondiente a ese cago, de conformidad con lo establecido por el decreto 2098/08, que en el caso concreto alcanzó la suma total de 174.520,07 pesos netos".
    
A la vez, el comunicado ministerial detalló que en cuanto a la situación de Gerardo Ganly "se trata de un caso similar, toda vez que fue designado en el cargo de Director de Asociaciones Civiles y Fundaciones de la IGJ, con carácter retroactivo a la misma fecha, razón por la que percibió un total de $ 271.000 en concepto de adicional por función ejecutiva y de la diferencia entre la letra que ostentaba con anterioridad y la correspondiente al cargo de Director".
    
"Se trata en ambos casos de expertos en sus áreas de competencia, con larga y destacada trayectoria en el organismo. Junqueira integra la planta permanente del organismo, al que ingresó el 6 de agosto de 1979. Con anterioridad a su ascenso se desempeñaba a cargo del Departamento de Denuncias y Fiscalización de Sociedades Comerciales. Cuenta además con vasta experiencia docente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, donde se desempeña como Profesora Adjunta Regular de la asignatura Sociedades Civiles y Comerciales", detallaron.
    
En cuanto a la antigüedad de su certificado de aptitud física, señala el comunicado, "el régimen de empleo público sólo lo exije al ingreso del personal, no al producirse ascensos u otros desplazamientos internos dentro de la carrera administrativa, por lo que carecen de sentido las dudas al respecto".
    
Por su parte, Gerardo Ganly "ingresó a la IGJ el 6 de agosto de 1989, donde primero fue contratado y más tarde pasó a integrar la planta transitoria. Con anterioridad al ascenso, se desempeñaba como Coordinador en el Área Especializada de Fiscalización y Denuncias dependiente de la Dirección de Entidades Civiles".
    
Según se explicó, "cuenta también con dilatada experiencia docente, con antecedentes en las Facultades de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, en el Instituto Universitario de la Policía Federal Argentina y en la Universidad John F. Kennedy".
    
Por otra parte, y en lo que respecta a la situación de la contadora Cecilia García y del doctor Ariel Fernández Lang, el texto señala que "se desempeñaron hasta marzo de 2013 en la IGJ con carácter de contratados".
    
"Anteriormente, a mediados de 2012 habían sido propuestos para integrar la planta transitoria del organismo por medio del correspondiente proyecto de Decreto Presidencial. En marzo de 2013 ambos renunciaron tanto al contrato que los ligaba a la IGJ como a la propuesta de nombramiento en la planta transitoria, razón por la cual su designación en tal carácter nunca se llevó a cabo", resalta el comunicado.
    
En consecuencia, desde la cartera de Justicia y derechos Humanos indicaron que "ninguno de los profesionales mencionados ha percibido ´premio´ de ninguna especie, sino el salario correspondiente a la función que ostentaron en el tiempo correspondiente".
    
"Por otra parte, ninguna de las personas mencionadas ha ejercido más de una función simultáneamente y, de ningún modo, han incurrido en situaciones laborales irregulares".
    
Por esa razón, se puntualizó que "es de lamentar que con semejante liviandad se pretenda poner en duda la rectitud y honorabilidad de profesionales de reconocida trayetoria y mérito, además de intentar desbaratar el prestigio de una institución más que centenarias".

sábado, 16 de noviembre de 2013

IGJ: polémico "premio" a una funcionaria

IGJ: polémico "premio" a una funcionaria

viernes, 15 de noviembre de 2013

La IGJ en twitter en octubre II


  1. ..quisieron hacer una IGJ o IMPI pero oficialista... por que no se cuestiona eso?..
  2. Te cambian informacion publica por Privada en la IGJ
  3. En no se q es peor,mirar la tele c los numeros q NO avanzan,o mirar la tele c tv publica q tiene una señal de mierda y no se ve nada..
  4. el tiempo de la gente no vale? Llega a ver un solo expte y había 61 números antes. Paso 60min y solo 15 números. Falta gente o ganas?
  5. IGJ I hate you!!! Posta 100 números y estoy desde las 10.30 FUCK YOU
  6. El AFSCA debe ser independiente jajajaja!!! Como la Inspección General de Justicia
  7. Date una vuelta por la Inspeccion General de Justicia, ahí vas a ver lo que es la decadencia misma
  8. Todos los organismos públicos convertidos en unidades básicas.
  9. quieren que el AFSCA sea independiente cuando ningún organismo autárquico es independiente. AFIP, IGJ, por mencionar dos nomás.
  10. En 70 nros para un tramite. En el Correo Argentino 5 minutos para presentar un Reempadronamiento de sociedades. ¡Increible!
  11. Nestor con el Decreto 1172/2003 de Información Publica. Y Cris no aplicando en forma el Decreto en la IGJ... Resolucion IGJ Inconstitucional
  12. Estar en la IGJ, tener 30 personas adelante y que en la tele esté puesta la tv pública no está bueno
  13. Trámite en IGJ, otra nueva forma de desperdiciar mi existencia.
  14. Silvina Martinez dijo que el BLOQUEO de la IGJ es ilegal. Impiden que se siga la ruta del dinero K gracias a La Campora que intervino la IGJ
  15. A partir de casos de corrupción ordenaron un cepo informativo. No podía salir información. Eso no había pasado nunca en la IGJ (Martínez)
  16. Me echaron de la IGJ por no cumplir órdenes de La Cámpora, particularmente con lo del cepo informativo (Silvina Martínez)
  17. y el cepo informativo en La Inspección General de Justicia!! :)
  18. se apropió de la Inspección General d Justicia
  19. La Inspección General de Justicia rechazó un pedido sobre Helvetic Group solicitado por el fiscal Campagnoli Controlada por
  20. La Inspección General de Justicia rechazó un pedido sobre Helvetic Group solicitado por el fiscal Campagnoli
  21. La igj es un festival de lavado de dinero de los narcos y la trata y lo dirige la campora.
  22. Los protibulos de Zaffaroni, el lavado de la IGJ y la ventad viviendas de sueños compartidos son denuncias d la Alameda
  23. Con razón hay tanto lavado y sociedades truchas. Es q el d q dirige la IGJ no sabe nada :-)
  24. mandó a disponibilidad al gendarme que filmó a Kabandié, se metió en la cabina del tren y dirige IGJ. Así estamos
  25. IGJ Martínez fue echada x la Campora x no cumplir ordenes
  26. te lo dicen todos: la IGJ es un desastre!!!
  27. también armo un cepo a la información en la igj... QUE LAKRAS!!!
  28. Cepo informativo en la IGJ por el capanga de Berner
  29. En La IGJ sólo habia sillas para el resto de los empleados tenían q estar parados
  30. Aca no hay cepos, no? Cepo informativo en la IGJ
  31. La IGJ en manos de donde instalaron un cepo informativo p/evitar q salga información q afecte a los K en hechos de corrupción
  32. Si no estás con la pasás mal, dice ex empleada de la IGJ adonde rige el "cepo informativo"
  33. Esos inútiles solo saben cantar cantitos. A la IGJ la destrozaron. Algún día va a haber que hacerla de nuevo.
  34. Si no perteneces a sos de otra Raza... Textuales palabras de una ex laburante de la IGJ que la corrieron... Lindo ejemplo no??
  35. Berner, otro hijo del proceso con trato especial K. Por ser hijo, es jefe de comunicaciones de la IGJ.
  36. lo de la IGJ es verdad y tanto los escribanos como contadores lo padecemos hace 2 años casi!!!
  37. RT Si no estás con la pasás mal, dice ex empleada de la IGJ adonde rige el "cepo informativo"
  38. Hicieron una acusación seria de censura contra Berner y la IGJ, atajenla. No era que los censores eran de la dictadura?
  39. Es lamentable lo que hicieron en IGJ. Manejo ineficaz que entorpece la acción de las empresas. Entre otras cosas.
  40. Despedidos de la IGJ x denunciar corrupcion K: ": A martinez le hicieron la vida imposible, son burdos y mediocres"
  41. Gobierno niega información sobre empresas ligadas a Lázaro Báez. IGJ rechazó pedido sobre Helvetic Group, que se vincula al empresario
  42. El Gobierno niega información sobre empresas ligadas a Báez
  43. Camporongas revisando la cabina del tren q chocó ayer para ocultar pruebas. Camporongas negando info q involucra a Baez en la IGJ.