viernes, 29 de noviembre de 2013

¿Que pasa en la Administración pública con las denuncias de acoso laboral?

Después de la denuncia que efectué por acoso laboral se abrió un expte, el cual no cumplió con el procedimiento establecido por el reglamento de investigaciones administrativas, dilatándose en el tiempo las actuaciones, pasando 1 año desde la denuncia sin informe concreto ni medidas conducentes. Abunda la falta de orden cronológica, una de las personas denunciadas es quien da las órdenes en las actuaciones y ordena mi cese. Por otro lado, la Oficina Judicial de la IGJ, dependiente de las personas denunciadas, es el departamento que se encarga de la instrucción, cuando debió ser la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio. Se equivoca el objeto de la instrucción sumaria, toda vez que las irregularidades ocurrieron en la IGJ y no en la Dirección del Registro Nacional de Sociedades como menciona equívocamente el Subsecretario de Coordinación y Control de Gestión Registral. Mas importante aún, las actuaciones deberán elevarse a la Procuración del Tesoro, quien es el organismo competente para entender en las presentes (art. 7 decreto 467/99). Ya efectué planteo de nulidad del proceso llevado a cabo, toda vez que no se cumplió con el procedimiento establecido por el reglamento de investigaciones administrativas, dilatándose en el tiempo las actuaciones, pasando 1 año y medio desde la denuncia sin informe concreto ni medidas conducentes. En este lapso las dos personas por mi denunciadas dejaron de prestar servicios en el Ministerio de Justicia y derechos Humanos y fueron premiados con cargos mas altos dentro de la Administración Publica. 


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