Un nuevo capitulo se presenta en la historia de persecución de la cual soy victima. Ahora aparezco como incumplidora en la Oficina Anticorrupcion de la obligación anual de presentar la DDJJ.
El 27/05/2013 se dicta el
decreto N° 601/13 publicado en el Boletín Oficial el 30/05/2013 mediante el
cual se prorroga mi designación como Directora del Registro Nacional de
Sociedades de la Inspección General de Justicia desde el 27/03/2012 hasta el
31/10/2012
El 6 de junio del corriente la
Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos me notifica que debo realizar la presentación de la Declaración Jurada
Patrimonial Integral dentro de los 30 días hábiles siguientes al cese en dicho
cargo. Este plazo vencía el 22/7/2013, toda vez que debe computarse desde la
fecha de la publicación en el Boletín Oficial del decreto 601/2013.
Cabe destacar que el 7/7/2013 se
dicto la reglamentación de la ley 26857, mediante el decreto 895/2013, el
13/07/2013 se dicto la Resolución AFIP N° 3511 y el 16/7 la reglamentación del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que prorrogo el plazo de presentación
de la declaración jurada integral hasta el 19/9. Por ultimo, el 18/9 se publico
la Resolución 1695/2013 que puso en vigencia los respectivos formularios.
Habiendo advertido que en la base de
datos de la oficina anticorrupción (conforme surge del listado que se descarga
de la pagina web del organismo) figuraba desde el 11 de junio del 2013 como
incumplidora de la presentación de la declaración jurada patrimonial integral,
solicite el 11/9 que en el plazo de cinco días se proceda a suprimir dicha
información por ser errónea. Esto no ocurrió.
Ademas de cumplir con la presentación y aun continuar en el listado, una vez mas me denigran y persiguen por no avalar las practicas corruptas. Que paradoja....justo la Oficina Anticorrupcion.
La (OA) fue
creada por la Ley Nº 25.233 (10/12/99), con el objeto de elaborar y coordinar
programas de lucha contra la corrupción. Conforme el Decreto Nº 102/99
(23/12/99), que reglamenta las funciones y estructura de la OA, ésta es
asimismo la encargada de velar por la prevención e investigación de aquellas
conductas que se consideren comprendidas en la Convención Interamericana contra
la Corrupción (aprobada por Ley Nº 24.759).
La OA actúa en el ámbito de la Administración
Pública Nacional centralizada y descentralizada, empresas, sociedades y todo
otro ente público o privado con participación del Estado o que tenga como
principal fuente de recursos el aporte estatal. Entre las principales funciones
de la OA se encuentra la de llevar el registro de las declaraciones juradas de
los agentes públicos. (Artículo 2 decreto 102/99).
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